El director de la Junta de Transparencia y Ética Pública (Jutep) en representación del Partido Nacional, Luis Calabria, elaboró un informe propio sobre la situación del presidente de ASSE, Álvaro Danza, quien hasta hoy trabajaba en tres mutualistas, además de haber ejercido otras varias tareas profesionales, todo lo cual fue analizado este jueves fue por el directorio del organismo de contralor.
La Jutep, con los votos de su presidenta, Ana Ferraris, y su vicepresidente, Alfredo Asti, definió en la tarde de hoy "que no existe incompatibilidad entre el ejercicio de la presidencia de ASSE y el desempeño en cargos docentes de la Facultad de Medicina de la Universidad de la República, así como en funciones profesionales en las Instituciones de Asistencia Médica Colectivas del sector privado señaladas en el cuerpo de la presente resolución".
Y esta conclusión —a lo que debe agregarse una exhortación a general a Danza y "a los demás miembros del Directorio de ASSE, que en caso de duda acerca de la existencia de un conflicto de intereses, corresponde abstenerse de participar de la toma de decisiones que puedan afectar su objetividad e
imparcialidad"— no fue compartida por Calabria, quien concluyó que el titular del prestador estatal de salud ha incurrido en varias irregularidades.
Entre ellas, de acuerdo al dictamen al que accedió El País —y que fue enviado al directorio del Partido Nacional—, el director opositor entendió que Danza generó "daño a la Administración", "cobro indebido" y una "simulación funcional" que amerita "reparación al Estado".
Sobre la "superposición horaria" en que ha incurrido Danza por su cargo de docente al frente de una unidad académica como docente grado 5 en el Hospital Pasteur (ASSE), "debe considerarse como una forma de fraude a los deberes funcionales, pues desde maniobras o engaños se induce en error a la Administración, perjudicándola, al remunerar por un trabajo que no se cumple efectivamente", dijo el nacionalista.
En este sentido, Calabria afirmó que "cualquier funcionario público a quien se le detectara una coincidencia horaria, sería sancionado" y que incluso "la situación encuadra en la figura del enriquecimiento sin causa, viejo Principio General de Derecho". Por esto es que esta situación encuadra en un "cobro indebido".
"En el caso de la percepción de partidas derivadas de ASSE (Comisión de Apoyo de los Programas Asistenciales de ASSE), aunque no exista un 'nuevo' 'nombramiento' en sentido formal en el organismo, el funcionario percibe partidas que dependen de fondos presupuestales de ASSE —sostuvo también Calabria—, y esto genera un vínculo indirecto, que es lo prohibido por el art. 200 de la Constitución y art. 9 de la Ley 18.161".
Respecto al tema más cuestionado por la oposición —que anunció que llevará adelante una interpelación por este tema a la ministra Cristina Lustemberg en los próximos días—, Calabria escribió que "las posiciones como médico en mutualistas es violatoria de la normativa constitucional y legal" y que "la prohibición constitucional y legal es amplia e incluye actividades relacionadas ‘indirectamente’ con ASSE".
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