Redacción El País
El Instituto de Derecho Constitucional de la Universidad de la República elaboró un informe a pedido de los diputados nacionalistas José Luis Satdjian y Amin Niffouri, a raíz de la situación del presidente de ASSE, Álvaro Danza, cuestionado por la oposición por mantener parte de su actividad profesional —incluso en mutualistas privadas— en paralelo con su cargo público.
En el análisis primario (el trabajo final incluye otros dos informes y no ha sido enviado a la comisión de Salud Pública y Asistencia Social de la cámara baja) se cita y pone énfasis en el párrafo tercero del artículo 200 de la Constitución de la República.
Allí se consigna que los miembros de los directorios o directores generales de los entes autónomos o de los servicios descentralizados, no podrán “ejercer simultáneamente profesiones o actividades que, directa o indirectamente, se relacionen con la Institución a la que pertenecen”.
En esta línea, los constitucionalistas interpretan que hay una “incompatibilidad” en el desempeño de la función en instituciones privadas que tienen vínculo con el prestador de salud más importante del país.
“Ha sido denunciado el desempeño de la medicina en otras instituciones que cumplen actividad similar a la que desarrolla ASSE, lo que cabría asimilar a la idea de que se habría cumplido una actividad relacionada con la de dicho organismo. Resulta palmario el vínculo que existe entre ASSE y las entidades de similar actividad que se desempeñan en el ámbito privado. Cabría tenerlas en cuenta como prestatarias de similar servicio por lo que el desempeño en ese ámbito en similar función estaría comprendido dentro del concepto de ejercicio profesional relacionado ‘directa o indirectamente’”, concluye el documento del que informó La Diaria y al que accedió El País.
En otro pasaje, el informe elaborado por el director del Instituto, Jaime Sapolinski, advierte además sobre la posible existencia de un “conflicto de intereses” por parte del jerarca, lo que “contradiría las pautas estatutarias de la función pública” al haber una situación de competencia con las mutualistas.
Según expresó este miércoles Sapolinski en Desayunos Informales, el informe no fue aprobado por unanimidad y, junto a la posición mayoritaria presentada ante el decano, se adjuntó un planteo discrepante. El documento final también incorpora una refutación a la postura defendida por la minoría.
El escrito también hace referencia al artículo 9 de la ley 18.161, que creó ASSE y que se inspira en el artículo 200 de la Constitución, pero planteado la limitante para el caso específico de prestar funciones en ese organismo estatal.
“Los miembros del Directorio tampoco podrán ejercer simultáneamente profesiones o actividades que, directa o indirectamente, se relacionen con ASSE. Las prohibiciones e incompatibilidades señaladas no rigen para las funciones docentes desempeñadas honorariamente en institutos de enseñanza superior”, consigna la ley.
Además de percibir un subsidio como investigador de la ANII (Agencia Nacional de Investigación e Innovación), tiene ingresos por $ 266.000 de la Asociación Española, $ 135.000 de ASSE, $ 78.000 de la Facultad de Medicina, $ 50.000 de CAMS, $ 50.000 de Médica Uruguaya y $ 5.000 del Fondo Nacional de Recursos. Un total mensual de $ 639.700.
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