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Limitan el derecho de reunión por dos meses; proyecto de ley será aprobado hoy

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La ley se votará hoy en ambas cámaras; la clave estará en la reglamentación de Lacalle. Foto: Estefanía Leal

LAS MEDIDAS CONTRA EL CORONAVIRUS

El Ejecutivo presentó ayer un proyecto de ley que limita el derecho de reunión y suspende por 60 días, con una posible prórroga de 30 días más, las aglomeraciones. La iniciativa será aprobada hoy.

El Parlamento aprobará hoy un proyecto de ley enviado por el Poder Ejecutivo que limita el derecho de reunión, consagrado en el artículo 38 de la Constitución, y suspende por 60 días, con una posible prórroga de otros 30, las aglomeraciones. Esta es solo una de varias medidas.

El coordinador de la bancada nacionalista de senadores, Gustavo Penadés, dijo a El País que en la reglamentación de la ley, que el presidente de la República, Luis Lacalle Pou, firmará en las próximas horas, “seguramente” se establecerá cuántas personas conforman una aglomeración o cuándo existe riesgo sanitario. De todas maneras, fuentes de Torre Ejecutiva informaron que la definición quizá sea “conceptual” en lugar de “numérica”, ya que “no se apunta tanto a cuántos son, sino al cumplimiento de medidas sanitarias”.

Legisladores de la coalición y la oposición recibieron ayer a las cinco de la tarde el proyecto de ley del Ejecutivo en una reunión que fue convocada por la vicepresidenta Beatriz Argimón y el presidente de la Cámara de Representantes, Martín Lema. Unas horas antes de que se conociera el proyecto, la intendenta de Montevideo, Carolina Cosse, manifestó su preocupación y alertó por “una delgada línea roja, que van a tener que analizar con mucho cuidado los parlamentarios”. La jerarca agregó: “no debemos correr el riesgo de que se nos transforme la democracia en un Estado policial”. Los cuestionamientos que desde el Frente Amplio se han planteado a operativos policiales son el mar de fondo de este debate.

El proyecto de ley que se tratará hoy desde la hora 9.30 en el Senado de forma “grave y urgente”, y de tarde en Diputados, faculta “al Poder Ejecutivo, a través de los ministerios competentes, y a los gobiernos departamentales en sus respectivas jurisdicciones, a disponer el cese de las aglomeraciones de personas que generen un notorio riesgo sanitario y de las reuniones que se realicen en contravención de las medidas sanitarias y protocolos dispuestos por la autoridad competente”.

La iniciativa que aprobará hoy la coalición no define cuántas personas se requiere para formar una aglomeración ni qué ministerio intervendrá en cada caso. Ambos aspectos son cuestionados.

Por un lado, el diputado del Partido Ecologista Radical Intransigente (PERI), César Vega, anoche no había resuelto si hoy concurrirá a sala. “La reglamentación no está y es lo que importa”, dijo Vega a El País. “Sería una carta en blanco”, agregó.

Por otra parte, el Frente Amplio resolvió ayer dar sus votos para tratar el proyecto del Ejecutivo de forma “grave y urgente” y de esa manera evitó una espera de cinco horas para estudiar la iniciativa, pero presentará un proyecto alternativo, que en lugar de reglamentar el artículo 38 de la Constitución propone reglamentar el 44.

“Creemos que no hay que ir por el artículo 38, tal cual fue presentado hoy”, dijo el senador Charles Carrera, coordinador de la bancada opositora, luego de una reunión de más de una hora con sus compañeros. “Allí hay una serie de definiciones imprecisas y nosotros tenemos que defender las garantías individuales de nuestros habitantes”, agregó el dirigente del MPP, que no adelantó si la bancada frenteamplista votará en contra del proyecto presentado por el gobierno.

Quien sí adelantó su posición fue el coordinador de los diputados frenteamplistas, Gerardo Núñez. “No tengo dudas, hay que votar en contra de la limitación del derecho a reunión. Es una puerta abierta muy peligrosa para la democracia”, tuiteó el legislador comunista.

La alternativa que presentó el FA.

Este artículo 44, que el Frente Amplio pretende reglamentar en vez del 38, consagra lo siguiente: “el Estado legislará en todas las cuestiones relacionadas con la salud e higiene públicas, procurando el perfeccionamiento físico, moral y social de todos los habitantes del país. Todos los habitantes tienen el deber de cuidar su salud, así como el de asistirse en caso de enfermedad. El Estado proporcionará gratuitamente los medios de prevención y de asistencia tan solo a los indigentes o carentes de recursos suficientes”.

Cónclave de legisladores del Frente Amplio tras la presentación del proyecto de ley para reglamentar el artículo 38 que presentó el Poder Ejecutivo. Foto: Estefanía Leal
Cónclave de legisladores del Frente Amplio tras la presentación del proyecto de ley para reglamentar el artículo 38 que presentó el Poder Ejecutivo. Foto: Estefanía Leal

En tanto, el proyecto de ley que presentará el Frente Amplio establece en su artículo 3 que “mientras se mantenga el estado de Emergencia Sanitaria por el COVID-19, solo se permitirá la participación en agrupaciones de personas para el desarrollo de cualquier actividad o evento de carácter familiar o social en espacios públicos hasta un número máximo de 30 personas, salvo aquellas situaciones que tengan un protocolo específico al respecto, debidamente aprobado por la Autoridad Sanitaria. En todos los casos se deberán respetar las medidas de distanciamiento social y utilizar los elementos de protección personal, que disponga el Ministerio de Salud Pública”.

Además, a diferencia del proyecto del gobierno, el de la oposición le da explícitamente al MSP el rol fiscalizador. Carrera explicó en rueda de prensa que, en caso de que se apruebe esta iniciativa, el organismo que intervendría ante “una aglomeraciones es el Ministerio de Salud Pública, que es la policía sanitaria, y luego de agotados todos los pasos puede llegar a convocar el auxilio de la fuerza política, que es el Ministerio del Interior y la Policía”.

El proyecto agrega en su artículo cinco que “en toda actuación de aplicación de esta ley que implique limitación de derechos fundamentales, deberá darse cuenta de forma inmediata a la Fiscalía General de la Nación y la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo”.

Tanto el proyecto del gobierno como el de la oposición establecen multas por el incumplimiento de lo dispuesto por las autoridades.

FA pide retorno de uruguayos

El proyecto de ley enviado por el Ejecutivo prohíbe el ingreso al país de personas desde la promulgación de la ley hasta el 10 de enero, con excepción del transportistas y de quienes compraron pasajes hasta el 16 de diciembre. La iniciativa del FA establece una prohibición idéntica pero exceptúa además a “ciudadanos uruguayos que lleguen a las fronteras del país por sus propios medios, con los correspondientes protocolos sanitarios, los que podrán ingresar al país respetando la cuarentena obligatoria”.

Opiniones de tres catedráticos.

MARTÍN RISSO | CONSTITUCIONALISTA
martín risso
Se dan causales

“La limitación del gobierno cuenta con habilitación constitucional. La Constitución dice que el derecho de reunión puede ser limitado por ley. Y se da perfectamente una de las causales que prevé la Constitución, que es cuestiones vinculadas a la salud pública”.

ruben correa fleitas | constitucionalista
ruben correa fleitas
Medida correcta

“El derecho de reunión está garantizado. Las únicas limitaciones a este derecho deben hacerse por ley y en los casos de salud, seguridad y orden público. El Ejecutivo hace bien en remitir al Parlamento un proyecto de ley que le permita restringir ese derecho”.

eduardo esteva | constitucionalista
eduardo esteva
Es democrático

“La medida es ajustada a la Constitución. Los derechos a reunirse no son absolutos, pueden estar sujetos a limitaciones por ley. La medida está en línea con decisiones adoptadas por Estados democráticos de mayor relevancia en el mundo”.

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