Quiénes pueden cobrar una devolución por IRPF 2026, cómo averiguar y dónde se puede recibir el pago de la DGI

En la campaña de IRPF 2026, varias personas pueden cobrar una devolución automática o con origen de declaración jurada. La Dirección General Impositiva explica quiénes reciben los pagos y cómo cobrar.

Pago de impuestos ante la Dirección General Impositiva (DGI).
Pago de impuestos ante la Dirección General Impositiva (DGI).
Foto: Archivo El País.

La Dirección General Impositiva (DGI) señala que un grupo de contribuyentes pueden cobrar una devolución por el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF), y esta campaña 2026 no es la excepción.

Las devoluciones por IRPF se pueden obtener luego de presentar una declaración jurada o de manera automática, sin tener que realizar ese trámite. El plazo para presentar una declaración comienza el 29 de junio y finaliza el 31 de agosto, y la DGI ya comunicó quiénes están obligados a cumplir con este requisito.

¿Quiénes pueden cobrar una devolución de IRPF?

La página web de la DGI detalla quiénes son las personas que pueden cobrar este crédito, sea de forma automática o presentando una declaración jurada.

Las devoluciones automáticas provienen del ajuste anual del impuesto que realizan los empleadores en diciembre de cada año (en este caso, diciembre 2025). En caso de corresponder, los créditos retenidos en exceso son comunicados a DGI y se devuelven sin realizar ningún trámite. Las devoluciones automáticas aplican exclusivamente a quienes hayan percibido durante el año ingresos de un único empleador y se encontraban trabajando en el mes de diciembre, explica DGI. No le corresponde a quienes hayan optado por la reducción de retenciones de IRPF por núcleo familiar, añade la entidad tributaria.

En tanto, las devoluciones con origen de declaración jurada se pueden cobrar luego de realizar el trámite ante la DGI y esperar a que el organismo estatal efectúe los controles correspondientes. Pueden tener crédito de IRPF los trabajadores dependientes, independientes y contribuyentes por rentas de capital, según DGI, que además indica que para acceder a devoluciones originadas en créditos por arrendamiento o por la deducción de cuotas de préstamos hipotecarios se deberá presentar declaración jurada.

Billetes de pesos uruguayos.
Pago en pesos uruguayos.
Foto: Archivo El País.

Cómo averiguar si me corresponde una devolución por IRPF

Para consultar el monto y el estado de la devolución, los usuarios deben ingresar con identidad digital al servicio en línea de DGI "consulta de devoluciones".

Otra manera de consultar es a través del WhatsApp al 098 134 400.

Si de una declaración jurada surgen observaciones por parte de DGI, se podrán observar en esa consulta y se puede iniciar el trámite para solucionarlo a través de este enlace.

En todos los casos se informará por SMS al celular registrado por el contribuyente si la devolución se encuentra disponible para cobrar o si presenta observaciones que surjan de los controles, agrega la DGI.

¿Cómo se cobran las devoluciones de IRPF?

La DGI incluye varias modalidades de cobro para que los contribuyentes reciban el pago de una devolución, en caso de que les corresponda:

  • Depósito bancario: para recibir el pago por este medio, se debe realizar un trámite previo en el banco de preferencia del contribuyente
  • Redes de cobranza (Abitab y RedPagos)
  • Certificados de crédito: solamente si es trabajador independiente

El cobro lo puede realizar el titular del crédito o un representante, según DGI. En caso de ser el titular, se deben presentar los siguientes documentos:

  • Documento de identidad (cédula de identidad o documento extranjero con el que figura inscripto en el RUT)
  • Tarjeta de RUC (formulario 2/504), si es trabajador independiente o constancia de inscripción (formulario 6301 o 6351)

Para devoluciones originadas en declaraciones 1103 de núcleo familiar, puede cobrar cualquiera de los dos cónyuges presentando su documento de identidad.

Dirección General Impositiva (DGI).
Dirección General Impositiva (DGI).
Foto: Archivo El País.

Si un representante del contribuyente es quien realiza el cobro, se deberá realizar un trámite ante el RUT previamente, en Montevideo, o en la dependencia de la DGI que corresponda. En ese trámite, se debe presentar un poder que lo faculte específicamente a cobrar créditos ante la DGI, por cuenta del titular. No es necesario que realicen dicho trámite los representantes ya inscriptos en la DGI con los vínculos: madre, padre, tutor o curador, aclara el organismo estatal.

Franjas de aporte de IRPF en 2026

Con el ajuste al principio de 2026, la franja mínima de aportes del IRPF pasó de $ 46.032 a $ 48.048. Por debajo de ese monto en ingreso mensual (que equivale a hasta 7 BPC), no se deberá pagar el tributo.

Así quedaron las franjas de aportes IRPF para quienes sí deben pagar este impuesto:

  • En la franja de 7 a 10 BPC, para ingresos de entre $ 48.049 a $ 68.640, la tasa es 10 %
  • Más de 10 a 15 BPC (ingresos de entre $ 68.641 a $ 102.960), la tasa de 15 %
  • Más de 15 a 30 BPC (ingresos de entre $ 102.961 a $ 205.920), la tasa es 24 %
  • Más de 30 a 50 BPC (ingresos $ 209.921 a $ 343.200), la tasa es 25 %
  • Más de 50 a 75 BPC (ingresos de $ 343.201 a $ 514.800), la tasa es 27 %
  • Más de 75 a 115 BPC (ingresos de $ 514.801 a $ 789.360), la tasa es 31 %
  • Más de 115 BPC (ingresos de $ 789.361 en adelante), la tasa es del 36 %

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