En julio se habilita una nueva ronda de pagos de DGI por la devolución de IRPF 2026: cuándo será

La Dirección General Impositiva confirmó a partir de qué fecha se puede cobrar la devolución de IRPF con origen de la declaración jurada y quiénes están obligados a realizar el trámite.

Dirección General Impositiva (DGI).
Dirección General Impositiva (DGI).
Foto: Archivo El País.

Los contribuyentes que estén obligados a presentar una declaración jurada por el Impuesto a las Rentas de las Personas Físicas (IRPF) ya pueden realizar el trámite en línea, indicó la Dirección General Impositiva (DGI). Algunas de estas personas también podrán cobrar una devolución de IRPF con origen en su declaración, si corresponde en base a sus ingresos en el ejercicio 2025.

Los contribuyentes pueden acceder a su formulario de la declaración jurada para la campaña IRPF 2026 con información del ejercicio 2025 precargada.

DGI compartió en su página web cuáles son los pasos a dar para presentar una declaración jurada de IRPF en 2026:

  1. Ingresar a la declaración jurada en línea o a través de la app de DGI con su identidad digital.
  2. Revisar los datos precargados. Según la DGI, la primera línea del formulario detalla si el contribuyente tiene un saldo a pagar o un crédito para cobrar en base a los datos precargados correspondientes al año 2025. En este paso se pueden editar los datos o sumar otros que no figuren. Si la persona está conforme con el resultado, puede confirmar la declaración.
  3. Confirmar la declaración después de verificar que todos los datos precargados sean correctos. De surgir un saldo para pagar, se puede generar los boletos de pago en el momento e incluso realizar el pago en línea, como también en redes de cobranza. De surgir una devolución, la DGI revisará los datos e informará si aprueba la devolución o si se presentan observaciones. Se recibirá la notificación de SMS al celular ingresado por el contribuyente.

Cuándo emite la DGI la próxima devolución de IRPF 2026

Una vez realizado este trámite, las personas podrán ver si les toca pagarle a la DGI o recibir un crédito por parte de la entidad tributaria.

La devolución de IRPF con origen en la declaración jurada se puede cobrar a partir del 28 de julio. Los cobros se pueden efectuar mediante bancos o redes de cobranza, siempre y cuando la declaración jurada se haya presentado antes del 15 de ese mes. DGI indica que, en caso de que se presenten después del 15, esos contribuyentes cobrarán en agosto.

Para consultar el monto y el estado de la devolución, los usuarios deben ingresar con identidad digital al servicio en línea de DGI "consulta de devoluciones".

Pesos Uruguayos.
Pago en pesos uruguayos.
Foto: Archivo El País.

Otra manera de consultar es a través del WhatsApp al 098134400 o la app de DGI.

Contribuyentes obligados a presentar una declaración jurada de IRPF

La DGI especificó a través de una comunicación oficial que las personas que tienen que presentar declaración jurada de IRPF son los trabajadores dependientes que se encuentran en las siguientes situaciones:

  • Superaron en el año fiscal 2025 los $ 963.510 nominales y no percibieron ingresos en el mes de diciembre de 2025.
  • Superaron en 2025 los $ 963.510 nominales y percibieron ingresos de más de un empleador (multi ingreso).
  • No superaron en 2025 los $ 963.510 nominales, pero tuvieron ingresos de más de una institución pagadora (multi ingreso) en forma simultánea y no presentaron el formulario 3100.
  • Optaron por la reducción del 5 % en los anticipos por el régimen de núcleo familiar.

La entidad tributaria indica que la categoría de multi ingreso también incluye a los trabajadores de la construcción, salud y educación, entre otros.

Si estos contribuyentes optan por declarar de forma individual, el formulario a presentar es el 1102. De hacer la declaración como núcleo familiar, corresponde presentar con el formulario 1103.

En cuanto a los trabajadores independientes, la DGI informó que deberán presentar la declaración jurada de IRPF los trabajadores profesionales y no profesionales que hayan prestado servicios personales fuera de la relación de dependencia durante el año 2025 y no hayan tributado IRAE por esas rentas. A estas personas les corresponde presentar el formulario 1102 si declaran de forma individual, y el formulario 1103 si declaran como núcleo familiar.

DGI
Entrada al edificio de la Dirección General Impositiva (DGI).
Ignacio Sanchez/Archivo El Pais

La DGI agrega que también deberán presentar el formulario 1302 para declarar el IVA servicios personales, salvo que en su declaración del IRPF no hayan declarado este tipo de rentas.

¿Quiénes pueden cobrar una devolución de IRPF en 2026?

La página web de la DGI detalla quiénes son las personas que pueden cobrar este crédito, sea de forma automática o presentando una declaración jurada.

Las devoluciones automáticas provienen del ajuste anual del impuesto que realizan los empleadores en diciembre de cada año (en este caso, diciembre 2025). En caso de corresponder, los créditos retenidos en exceso son comunicados a DGI y se devuelven sin realizar ningún trámite. Las devoluciones automáticas aplican exclusivamente a quienes hayan percibido durante el año ingresos de un único empleador y se encontraban trabajando en el mes de diciembre, explica DGI. No le corresponde a quienes hayan optado por la reducción de retenciones de IRPF por núcleo familiar, añade la entidad tributaria.

En tanto, las devoluciones con origen de declaración jurada se pueden cobrar luego de realizar el trámite ante la DGI y esperar a que el organismo estatal efectúe los controles correspondientes. Pueden tener crédito de IRPF los trabajadores dependientes, independientes y contribuyentes por rentas de capital, según DGI, que además indica que para acceder a devoluciones originadas en créditos por arrendamiento o por la deducción de cuotas de préstamos hipotecarios se deberá presentar declaración jurada.

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