Este miércoles 1º de julio de 2026 comenzaron a regir las nuevas categorías que el Banco de Previsión Social (BPS) anunció para el trabajo doméstico en Uruguay. Los cambios que entran en vigor provienen del acuerdo alcanzado en la undécima ronda de los Consejos de Salarios, que además estableció salarios mínimos para las categorías creadas.
No obstante, BPS aclaró que a todos los trabajadores domésticos activos se les asignará la categoría "General" a partir de este miércoles.
¿Qué tienen que hacer los empleadores ante BPS?
Serán los empleadores quienes tengan que realizar el cambio de categoría, de ser necesario. El cambio de categoría se debe hacer a través de la página web de BPS, bajo "Trabajo doméstico: inscribir trabajadores y modificar datos", para seleccionar la categoría que corresponda.
El gobierno asegura que esta nueva norma o "permitirá reconocer con mayor precisión las tareas efectivamente desarrolladas por las trabajadoras y los trabajadores de la actividad".
Categorías laborales del sector doméstico que rigen desde hoy 1º de julio
Estas son las categorías que comenzarán a aplicarse a partir de julio, luego de un período de adecuación destinado a facilitar su implementación:
- General: comprende las tareas habituales de limpieza, mantenimiento del hogar, lavado, planchado, realización de mandados, atención de espacios comunes o exteriores, cuidado de mascotas y otras actividades asociadas a la organización doméstica. También incluye aquellas situaciones en las que las tareas de cocina o cuidados son complementarias y no constituyen la actividad principal de la jornada laboral.
- Cocina: abarca a quienes realizan de forma principal y habitual la preparación de alimentos para el hogar, incluyendo la elaboración de comidas, la manipulación de ingredientes y la planificación de menús.
- Cuidados: comprende a los trabajadores cuya tarea principal consiste en el cuidado directo y habitual de niños, adolescentes, personas mayores o personas con distintos grados de dependencia.
Los salarios mínimos que comenzaron a regir
Tras el acuerdo alcanzado en la undécima ronda de los Consejos de Salarios, se fijaron salarios mínimos para las nuevas categorías.
Al 30 de junio, el salario mínimo correspondiente a la categoría "Cocina" será de $ 32.875, mientras que para la categoría "Cuidados" ascenderá a $ 33.935.
El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) aclaró que la implementación de las nuevas categorías no tendrá efectos retroactivos ni generará reclamaciones por períodos anteriores.
"Además, el convenio fijó los ajustes salariales para el período comprendido entre el 1.º de julio de 2025 y el 30 de junio de 2027, así como los mecanismos de correctivo previstos para la actividad", según el gobierno.
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