Presidenta de la Jutep explicó la definición tomada en el caso de Danza: "Es una cuestión interpretativa"

Manifestó que el organismo no solo se basó en los informes difundidos en las últimas semanas. Se concluyó que no hay incompatibilidad en el ejercicio del presidente de ASSE en mutualistas privadas.

Ana Maria Ferraris
Ana Maria Ferraris, presidenta de la Junta de Transparencia y Ética Pública.
Foto: Leonardo Maine/Archivo El País.

Redacción El País
En las últimas horas, la Junta de Transparencia y Ética Pública (Jutep) concluyó que en el caso del doctor Álvaro Danza "no existe incompatibilidad" entre su rol como presidente de ASSE y "el desempeño en cargos docentes de la Facultad de Medicina de la Universidad de la República, así como en funciones profesionales en las Instituciones de Asistencia Médica Colectivas del sector privado".

En rueda de prensa, la presidenta de la Jutep, Ana Ferraris, explicó que para llegar a esta conclusión el directorio no solo se basó en los informes técnicos y jurídicos que circularon en la prensa en los últimos días, como los que el propio Danza solicitó antes de asumir y los que presentó la oposición, sino que se recolectaron "un montón de elementos más que están en el expediente".

La incompatibilidad cuestionada por la oposición se basó en el artículo 200 de la Constitución, que establece que los miembros de "los directorios o directores generales de los entes autónomos o de los servicios descentralizados no podrán ser nombrados para cargos ni aun honorarios, que directa o indirectamente dependan del instituto de que forman parte", ni tampoco podrá "ejercer simultáneamente profesiones o actividades que, directa o indirectamente, se relacionen con la Institución a la que pertenecen". La resolución de la Jutep se basó, en palabras de Ferraris, en "una cuestión interpretativa de la disposición de la Constitución" y añadió: "Cuando se trata de disposiciones que limitan derechos, las reglas de interpretación de la Constitución prevén que tiene que primar una interpretación más estricta porque es una perspectiva de derecho".

Pese a todo lo anterior, Ferraris aseguró que este caso no marcará un precedente para casos futuros.

"No existe incompatibilidad en su actuación como médico consultante en el sistema privado de salud ni como docente grado 5 en la Facultad de Medicina", remarcó Ferraris y explicó que el directorio sumó a su definición una exhortación a todo el directorio de ASSE para que estos "siempre tengan en cuenta que en caso de que haya que tomar decisiones que tengan que ver con la contratación de servicios con alguna empresa con la cual pudieran estar vinculados, deben abstenerse de intervenir, más allá de que ASSE tiene delegada esa atribución en distintas áreas". Al ser consultada sobre por qué se optó por incluir esta exhortación en el documento, Ferraris manifestó que la incompatibilidad denunciada se analizó "desde distintos ángulos" y la Jutep entendió que "había que dejar plasmada una reflexión sobre este tema".

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Álvaro Danza, presidente de ASSE, este martes en la inauguración del tomógrafo en el Hospital de Colonia.
Foto: Camilo dos Santos/Presidencia.

Según detalló Ferraris, la información que recogió la Jutep es que Danza es médico consultante en tres mutualistas y que renunció antes de asumir a la única gestión directiva que ejercía, en la Asociación Española. El País corroboró tiempo atrás que Danza tenía horas para atender pacientes en varias mutualistas, tanto en una sede de la Asociación Española como en una de la Médica Uruguaya, al ser consultada sobre esto, Ferraris dijo no tener esa información.

Ferraris aseguró tampoco tener información de las contrataciones que ASSE hizo a las mutualistas en las que Danza trabaja.

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