Garantía falsa, conferencia y rescisión: el eje jurídico que divide al sistema político en el caso Cardama

Mientras el oficialismo sostiene que hubo incumplimiento grave del astillero y hay causal para rescindir unilateralmente, la oposición apunta al primer anuncio público de Orsi.

Conferencia de Presidencia por reestructuracion de deuda del Ferrocarril Central
Yamandu Orsi, presidente de la República.
Foto: Darwin Borrellí

La vigencia del contrato entre el Estado uruguayo y Cardama ya es cosa del pasado. Sin embargo, una de los decisiones que más polémica ha generado durante la administración de Yamandú Orsi lejos está de dilucidarse por completo. Ahora, tras el acuerdo alcanzado entre oficialismo y oposición para formar una comisión investigadora bicameral en el Parlamento, la rescisión del contrato con el astillero español también tendrá sus capítulos en la Justicia penal y civil, todo en paralelo.

En su informe final tras la firma del contrato entre el Ministerio de Defensa y la empresa de Vigo por la construcción de dos patrullas oceánicas, el Estudio Delpiazzo Abogados destacó como un logro que se fijaran los tribunales “de la República Oriental del Uruguay como competentes en las discusiones de los aspectos jurídicos de los contratos”, cuando la propuesta de la empresa era que se establecieran los tribunales españoles.

“Se determinó que la ley aplicable para los aspectos constructivos es la española y para los demás aspectos contractuales, la uruguaya. La propuesta de Cardama proponía solo la ley española”, consignó en su informe José Miguel Delpiazzo, quien participó y asesoró al gobierno pasado durante la negociación previa a la firma del contrato y también posteriormente.

La relevancia de esa condición es que descartaría la posibilidad de arbitrajes internacionales por protección de inversiones, en tanto se trata además de un contrato de suministro o de construcción de embarcaciones (Cardama es proveedor, no inversor).

Presidente Yamandú Orsi y Jorge Díaz durante conferencia de prensa por el caso Cardama.
Presidente Yamandú Orsi y Jorge Díaz durante conferencia de prensa por el caso Cardama.
Foto: Natalia Rovira/El País.

En este contexto, ante las inminentes instancias judiciales que se avecinan -tanto en el ámbito penal como en el civil que tendrá una audiencia de conciliación el próximo 16 de marzo- y más allá de los ribetes políticos que esta última semana de Carnaval volvieron a adquirir altos niveles de tensión entre oficialismo y oposición, reaparecen dos bibliotecas en la materia, en este caso, de derecho internacional privado y también público.

Aunque profesionales consultados por El País coinciden en que ningún abogado va a garantizar ganar o perder un juicio, desde el oficialismo existe el convencimiento de que Uruguay tiene un caso sólido, mientras que desde la oposición se advierte -además de defender la decisión- por una demanda millonaria contra el país.

En líneas generales, el enfrentamiento discursivo entre ambas posturas sigue siendo el mismo que hace cuatro meses: el oficialismo considera que la garantía de fiel cumplimiento era una parte esencial del contrato, mientras que el Partido Nacional y la oposición la entienden como un elemento accesorio, por lo que se debería haber procedido bajo el principio de conservación de los contratos. Es decir, actuar bajo el criterio general en materia contractual de tratar de conservar los contratos porque lo relevante es la finalidad. En este caso, la construcción de las patrullas océanicas.

El dilema, finalmente, radica en la interpretación que hacen las partes políticamente enfrentadas acerca del nivel de gravedad que representa el incumplimiento derivado de la presentación de una garantía falsa: incumplimientos graves -que habilitan la rescisión- frente a incumplimientos menores que, en contratos de cierta duración, pueden existir, pero respecto de los cuales debe primar la buena fe entre las partes, explicó a El País un docente de la Universidad de la República en Derecho Internacional Privado.

Cardama sostuvo a El País que la nave se arma en dique, y que luego se lleva al muelle, "donde se pone el relleno".
Astillero Cardama. Foto: El País.

Las garantías

Por un lado, está la posición del gobierno que acusa al propietario del astillero Mario Cardama de haber estafado al Estado al presentar una garantía (la de fiel cumplimiento) “trucha” -de una “empresa de papel” como Eurocommerce -, que incluía además falsificación de documentos públicos. Para el prosecretrio de Presidencia, Jorge Díaz, “el Estado uruguayo fue engañado y el astillero participó del engaño, voluntaria o involuntariamente”.

Por tanto, el gobierno considera, según palabras del jerarca, que hubo “graves incumplimientos” de parte del astillero en términos jurídicos contractuales y construtivos. Para Díaz, al presentar “una documentación absolutamente falsa” hubo “mala fe” -y en más de una oportunidad, pues el día de la primera conferencia el gobierno recibió, una hora antes, la renovación de la garantía también falsa- por parte de la contraparte, por lo que hay méritos suficientes para ejecutar la rescisión.

A este, que ha sido el alegato central por parte del Poder Ejecutivo desde el anuncio del 22 de octubre, se han ido agregando otras razones como la segunda garantía (de rembolso de Redbridge por 8,2 millones de euros), que es un documento de términos y condiciones, no una póliza de seguro, por lo tanto no se sabe por cuánto valor se cobraría al momento de ejecutarla.

“Las dos cosas son graves, jurídicamente graves y suficientes ambas para rescindir el contrato”, resumió Díaz en Desayunos Informales (Canal 12) haciendo énfasis en que esas eran las razones jurídicas fundamentales que llevaron a la actual administración a resolver cortar con el vínculo contractual con el astillero.

Armando Castaingdebat
Armando Castaingdebat, exministro de Defensa Nacional.
Foto: Archivo El País

Una conferencia

No obstante, otras posiciones jurídicas-incluida la que sostiene la oposición- cuestionan el proceder que ha tenido el Poder Ejecutivo y apuntan a un error que puede tener implicancias negativas a nivel judicial para los intereses de Uruguay: el haber mencionado la potencial rescisión del contrato casi cuatro meses antes de concretarla.

Los dos exministros de Defensa que participaron del proceso de la compra regulado por el Tocaf, Javier García -firmó el contrato- y Armando Castaingdebat -aceptó la garantía que resultó ser falsa- apuntaron a que la “decisión política” de anunciar el proceso de rescisión significó de facto el fin del contrato. Desde la oposición, y según entienden juristas consultados por El País, a raíz de la primera conferencia que tuvo lugar el 22 de octubre, los proveedores le cortaron o le demoraron el suministro de insumos al astillero, lo que le causó a la firma gallega un perjuicio económico, además de distorsionar el normal proceso de construcción de las patrulleras.

El tono de la conferencia, en la que Orsi anunció que se iban a “iniciar acciones para rescindir el contrato con Cardama” -quizás de manera prematura, cuando se pudo haber hablado simplemente de una revisión-, tras señalar la existencia de “fuertes indicios de que se estaba ante una estafa o un fraude”, es criticado por abrir un flanco débil en lo legal para el Estado, al poder derivar en un eventual perjuicio económico constatable invocable por Cardama en un litigio.

Sandra Lazo, ministra de Defensa.
Sandra Lazo, ministra de Defensa Nacional.
Foto: Estefanía Leal

Contrato marca que lo construido es del Estado

Una cláusula incorporada durante el proceso de negociación del contrato establece que ante la rescisión por incumplimiento de Cardama la propiedad de lo hasta ese momento construido es del Estado uruguayo (según Bureau Veritas lleva 43% del acero construido y montado). Yamandú Orsi dijo que una de las acciones que ordenó tomar es “trabajar para ver cómo” se recupera “eso que está”, o el dinero. En paralelo, el gobierno analiza alternativas de otros astilleros.

Aspectos constructivos se dirimen en España

El gobierno firmó dos resoluciones de distinta naturaleza al rescindir

El gobierno dictó dos resoluciones por la rescisión del contrato con Cardama. Por un lado, dispuso el inicio de acciones civiles, penales y administrativas en el ámbito nacional e internacional “con motivo de la frustración de la ejecución de la garantía de fiel cumplimiento” y las “irregularidades” en la garantía de reembolso; sin embargo, no se hizo mención a las cuestiones constructivas o aspectos técnicos, dado que en ese caso la jurisdicción es la española con posible arbitraje en París.

Para la primera disposición el Ejecutivo se amparó en el artículo 70 del Tocaf, que refiere a la posibilidad de la “administración de poder rescindir unilateralmente el contrato por incumplimiento grave del adjudicatario”. “Las garantías para nosotros son elemento sustancial”, dijo el presidente Yamandú Orsi.

En la segunda, en cambio, se hace referencia al informe de Bureau Veritas y a “sendos incumplimientos relativos a la normativa y a los requisitos de bandera”, la falta de planos definitivos, un atraso estimado de cinco meses en el avance de la obra, la falta de motores y la ausencia de respuesta del astillero”.

Además, Bureau Veritas afirma que el astillero no tiene capacidad para cumplir con los plazos de entrega”, consignó el acto administrativo firmado por Orsi y sus ministros. A partir de estas constataciones, se resolvió contratar a un estudio español y cometer al Ministerio de Defensa a que inicie acciones legales para la recuperación del patrimonio y del dinero del Estado uruguayo, que hasta el momento pagó 28.794.500 de euros.

¿Encontraste un error?

Reportar

Te puede interesar