"Fue un error": gobierno busca modificar artículo de la LUC tras fallo de la SCJ que avaló el homeschooling

Autoridades del MEC y ANEP se reunieron este jueves; Mahía informó que impulsarán el cambio de redacción del artículo 7 de la Ley de Educación, que generó un fuerte debate años atrás.

Gabriela Verde, José Carlos Mahía y Pablo Caggiani, en la sede del MEC.
Gabriela Verde, José Carlos Mahía y Pablo Caggiani, este jueves en la sede del MEC.
Foto: Leonardo Mainé/Archivo El País.

El ministro de Educación y Cultura, José Carlos Mahía, indicó, tras reunirse con los integrantes del Consejo Directivo Central (Codicen) de la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP), que buscarán modificar un artículo de la Ley de Educación (18.437) tras el fallo de la Suprema Corte de Justicia que avaló la educación en casa o homeschooling para el caso de dos niñas de una comunidad menonita.

“Vamos a ir a una modificación legal del artículo séptimo de la ley general de la educación, que supone la eliminación del artículo de la LUC (Ley de Urgente Consideración), que desde nuestro punto de vista lo que generó fue rebajar las condiciones para la obligatoriedad que venían funcionando de mejor manera en la asistencia, y en la educación pública”, dijo Mahía en rueda de prensa este jueves en la sede del MEC.

La Ley 19.889 (LUC) modificó el artículo séptimo de la Ley 18.437, quitando la obligatoriedad de que los padres envíen a sus hijos a la escuela. La medida fue resistida en 2020, cuando se debatía la ley, y se incluyó entre los artículos a derogar en el referéndum impulsado por el Frente Amplio, que no prosperó.

“No hay precedentes de resoluciones de recursos a favor del homeschooling sino desde la existencia del artículo de la LUC, que entiendo fue un error, y efectivamente hay que cambiarlo, porque genera precedentes en un momento en que queremos que cada vez más gente estudie”, dijo el ministro.

“La definición de la SCJ uno la respeta, pero uno trabaja para que lo que entiende, desde el punto de vista legislativo, facilitó esa resolución no esté más porque es un antecedente muy malo para la educación uruguaya”, remarcó Mahía.

El presidente de la ANEP, Pablo Caggiani, planteó tras el encuentro con Mahía que con la modalidad de homeschooling “no se garantiza el derecho a la educación, no se cumple con la obligatoriedad, tal cual se la entiende desde hace 150 años”, dijo en rueda de prensa.

“Cuando uno va a mirar las políticas educativas de sucesivos períodos de gobierno se intenta que cada vez estudien más niños y adolescentes, desde más chicos y hasta más grandes, y cada vez lo hagan más días, y cuando no están, los vamos a buscar”, resaltó Caggiani.

En relación con la reunión con jerarcas del MEC, el titular de la ANEP planteó que fue ante la “preocupación” de que tiene que haber una “solución legal” por la “incongruencia que supone tener un sistema educativo al cual nadie está obligado a ir”, dijo.

Respecto a la modificación del artículo séptimo de la Ley de Educación, que citó Mahía, el presidente de la ANEP valoró que es "muy bueno" que se discuta a nivel parlamentario. "Estamos ante uno de esos temas que son importantes para toda la sociedad, que tiene múltiples posibilidades de ejercer el derecho a la educación".

"En Uruguay no se está diciendo que hay que ir a determinado tipo de educación. Existe la educación pública, la privada, la habilitada, la autorizada. Hay una diversidad de propuestas, como diversa es la sociedad uruguaya. En cualquiera de ellas se preserva el derecho de niños y adolescentes", resaltó Caggiani.

Contexto

La escolarización en el hogar o homeschooling es un proceso de formación educativa que es legal en varios países del mundo como Estados Unidos, Canadá, Reino Unido, Francia y Australia. Tras la pandemia del covid-19, y de la mano de la LUC, se abrió la puerta a una flexibilización al respecto también en Uruguay.

La Ley General de Educación del 2009 establece la obligatoriedad de la educación inicial, educación primaria y la educación media básica y, asimismo, indica que “los padres, madres, o responsables legales de niños, niñas y adolescentes, tienen la obligación de inscribirlos en un centro de enseñanza y observar su asistencia y aprendizaje”.

Con la Ley de Urgente Consideración (LUC), este artículo fue modificado y sustituido por el siguiente: “Es obligatoria la educación inicial a partir de los cuatro años de edad, la educación primaria y la educación media. Los padres, madres, o responsables legales de niños, niñas y adolescentes, así como los educandos mayores de edad, tienen el deber de contribuir al cumplimiento de esta obligación, conforme a lo dispuesto por el inciso primero del artículo 70 de la Constitución de la República y las previsiones de la presente ley”.

El caso

Días atrás, la SCJ resolvió desestimar el recurso de casación impuesto por la ANEP en el caso de los padres de una comunidad menonita de Florida que resolvieron no enviar a sus hijos a una escuela local, sino que optaron por la educación en casa (homeschooling).

De acuerdo a la sentencia, de la que dio cuenta El Observador y a la que accedió El País, los argumentos que fundamentan la desestimación del recurso de casación se respaldan en que la obligatoriedad de la educación en el país "se vincula con el deber de los padres y responsables de procurar la asistencia regular de niños, niñas y adolescentes a los centros".

En ese sentido, consideran que se reconoce a los padres y tutores la libertad de elegir maestros e instituciones. "Esa libertad no habilita a sustraer a los niños del sistema educativo formal; sino que permite optar entre instituciones que satisfagan las exigencias estatales", dice la sentencia.

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