El 22 de noviembre de este año se celebrarán las elecciones del Banco de Previsión Social (BPS), en las que más de 2,2 millones de personas deberán votar por tres representantes que integrarán el directorio del organismo estatal.
En las elecciones de BPS el voto es obligatorio, y la Corte Electoral habilitó las consultas del padrón preliminar para este acto electoral, en el que se elegirá un representante por jubilados y pensionistas, otro por trabajadores activos y uno más por empresas contribuyentes.
Personas exentas de votar en las elecciones obligatorias de BPS
Deberán votar los jubilados, pensionistas, trabajadores activos públicos y privados mayores de 18 años al 28 de febrero de 2026, así como para empresas contribuyentes registradas y al día con sus obligaciones a la misma fecha.
Sin embargo, hay personas que no tienen que votar en las elecciones BPS:
- Personas mayores de 75 años
- Personas con discapacidad
Las empresas unipersonales votarán directamente a través de sus titulares. Por su parte, las empresas pluripersonales o sociedades deberán designar un mandatario o apoderado que las represente en la elección. El trámite para registrar mandatarios puede realizarse vía servicios en línea del BPS o por WhatsApp oficial.
Los extranjeros con derecho a voto que no posean credencial cívica también deberán registrarse para integrar el padrón electoral, utilizando su cédula de identidad de acuerdo al domicilio declarado.
Quienes no voten y no presenten justificación deberán pagar multas. Para personas, la sanción es una unidad reajustable, que son $ 1.923 a la fecha. En el caso de empresas, las multas varían de seis a 20 unidades reajustables según la cantidad de trabajadores y si no designan o el mandatario no concurre a votar.
Cómo saber si tengo que votar en las elecciones de BPS
En las páginas oficiales de la Corte Electoral quedó habilitado el padrón preliminar para que los ciudadanos consulten sus datos, nombre, apellido y credencial cívica. Para ingresar al padrón, hacer clic en este enlace. Una vez adentro del buscador de padrón, la búsqueda se puede realizar por credencial, cédula o por nombres. Los ciudadanos tendrán que llenar los campos correspondientes, hacer clic en la verificación reCAPTCHA ("No soy un robot") e ir a "Consultar".
Inmediatamente, el sistema indicará si la persona en cuestión se encuentra habilitada para votar o no. Las solicitudes de reclamo o corrección podrán realizarse mediante este formulario, que estará disponible hasta el 14 de setiembre.
El padrón definitivo quedará publicado por la Corte Electoral el 22 de setiembre.
Causales válidas para justificar la no concurrencia a las elecciones
El BPS contempla diversas causales para justificar la ausencia y evitar multas, como enfermedad, invalidez, fuerza mayor, encontrarse fuera del país o vivir en otro departamento, aunque esta última excepción no aplica para mandatarios empresariales.
Hasta el momento, resta registrar a más de 110.000 mandatarios empresariales, por lo que se esperan campañas de información intensificadas en las próximas semanas.