¿Dónde voto? Buscador de padrón de las elecciones de BPS, fecha, obligatoriedad y posibles sanciones

En las elecciones del BPS, alrededor de 2,2 millones de electores definirán a los representantes del directorio para trabajadores activos, jubilados y pensionistas, y empresas contribuyentes.

Fachada del edificio del Banco de Previsión Social (BPS).
Fachada del edificio del Banco de Previsión Social (BPS).
Foto: Archivo El País.

Son casi 2,2 millones de personas habilitadas para votar en las elecciones del Banco de Previsión Social (BPS). Esa cifra incluye unas 63.600 personas extranjeras que, a pesar de no contar con una credencial, podrán llevar su cédula de identidad para votar. Para todos los electores habilitados por la Corte Electoral, el voto en estos comicios es obligatorio.

El plan circuital ya se encuentra disponible para que los ciudadanos averigüen dónde votar en la votación que se realizará el domingo 22 de noviembre de 2026.

En esta instancia, los votantes deberán definir a los tres representantes que integrarán el directorio del organismo estatal por los órdenes de los trabajadores activos, los jubilados y pensionistas, y las empresas contribuyentes.

Dónde voto en las elecciones del BPS

El BPS y la Corte Electoral publicaron el buscador de padrón para saber dónde vota cada persona en las elecciones que se realizarán el penúltimo domingo del penúltimo mes de este 2026.

En el buscador se puede localizar el lugar donde se vota utilizando la credencial, el número de cédula o también con nombre, apellido y fecha de nacimiento. Para acceder al buscador haga clic aquí.

Urna durante las elecciones BPS.
Urna en las elecciones de BPS.
Foto: Archivo El País.

Multas por no votar sin justificar la ausencia

El voto es obligatorio para todas las personas que figuren en el padrón.

Quienes no concurran a votar y no justifiquen su ausencia deberán abonar multas económicas. En el caso de las personas físicas, la multa asciende a una unidad reajustable (UR), equivalente a $ 1.923 pesos uruguayos a la fecha.

Para las empresas contribuyentes, las penalizaciones varían entre 6, 12 y 20 Unidades Reajustables según la cantidad de trabajadores dependientes, aplicándose si la firma no designó un mandatario o si este no se presentó al acto electoral.

Causales para justificar la ausencia y personas exentas

La normativa vigente establece que están exoneradas de la obligación de votar las personas mayores de 75 años de edad y quienes sean titulares de prestaciones por incapacidad, sin importar su edad.

BPS
Edificio sede del Banco de Previsión Social (BPS).
Estefania Leal/Archivo El Pais

Sin embargo, estas excepciones no benefician a los mandatarios o apoderados designados para representar a las empresas en la elección.

Para el resto de los habilitados que no vayan a votar, la Corte Electoral tramitará justificaciones únicamente bajo las siguientes causales:

  • Enfermedad, invalidez o imposibilidad física comprobada.
  • Razones de fuerza mayor.
  • Encontrarse fuera del país el día del acto electoral.
  • Estar domiciliado en un departamento distinto a aquel donde corresponde votar, un motivo que no resulta válido para los mandatarios empresariales.

¿Encontraste un error?

Reportar
Temas relacionados
Elecciones del BPS
Te puede interesar