El Banco de Previsión Social (BPS) y la Corte Electoral confirmaron hasta cuándo hay tiempo para consultar los padrones para las elecciones de BPS, que se realizarán el 22 de noviembre de este año. En ese acto electoral se elegirán tres representantes para integrar el directorio del organismo estatal: uno por jubilados y pensionistas, otro por trabajadores activos y uno más por empresas contribuyentes.
A través de un comunicado emitido este martes 1º de setiembre, el gobierno informó que la población tiene hasta el 14 de setiembre para verificar en los padrones preliminares su habilitación para votar.
Cómo averiguar si tengo que votar en las elecciones obligatorias del BPS
En las páginas oficiales de la Corte Electoral quedó habilitado el padrón preliminar para que los ciudadanos consulten sus datos, nombre, apellido y credencial cívica. Para ingresar al padrón, hacer clic en este enlace. Una vez adentro del buscador de padrón, la búsqueda se puede realizar por credencial, cédula o por nombres. Los ciudadanos tendrán que llenar los campos correspondientes, hacer clic en la verificación reCAPTCHA ("No soy un robot") e ir a "Consultar".
Inmediatamente, el sistema indicará si la persona en cuestión se encuentra habilitada para votar o no. Las solicitudes de reclamo o corrección podrán realizarse mediante este formulario, que estará disponible hasta el 14 de setiembre.
El padrón definitivo quedará publicado por la Corte Electoral el 22 de setiembre.
A su vez, el presidente de la Corte Electoral, Wilfredo Penco, recordó que hay tres padrones independientes para estas elecciones: uno para trabajadores activos, otro para pasivos y uno para el sector empresarial. El jerarca remarcó que una misma persona puede estar habilitada para votar en más de un orden. En esos casos, los ciudadanos tendrán que votar en cada uno de ellos.
¿Quiénes deben votar de forma obligatoria en las elecciones del BPS 2026?
El voto será obligatorio para jubilados, pensionistas, trabajadores activos públicos y privados mayores de 18 años al 28 de febrero de 2026, así como para empresas contribuyentes registradas y al día con sus obligaciones a la misma fecha. Las personas mayores de 75 años o con discapacidad están exceptuadas de la obligación del voto.
Las empresas unipersonales votarán directamente a través de sus titulares. Por su parte, las empresas pluripersonales o sociedades deberán designar un mandatario o apoderado que las represente en la elección. El trámite para registrar mandatarios puede realizarse vía servicios en línea del BPS o por WhatsApp oficial.
Los extranjeros con derecho a voto que no posean credencial cívica también deberán registrarse para integrar el padrón electoral, utilizando su cédula de identidad de acuerdo al domicilio declarado.
Quienes no voten y no presenten justificación deberán pagar multas. Para personas, la sanción es una unidad reajustable, que son $ 1.923 a la fecha. En el caso de empresas, las multas varían de seis a 20 unidades reajustables según la cantidad de trabajadores y si no designan o el mandatario no concurre a votar.
Causales válidas para justificar la ausencia en las elecciones
El BPS contempla diversas causales para justificar la ausencia y evitar multas, como enfermedad, invalidez, fuerza mayor, encontrarse fuera del país o vivir en otro departamento, aunque esta última excepción no aplica para mandatarios empresariales. La Corte Electoral definirá el padrón definitivo 120 días antes de la elección.
Hasta el momento, resta registrar a más de 110.000 mandatarios empresariales, por lo que se esperan campañas de información intensificadas en las próximas semanas.