El Banco de Previsión Social (BPS) anunció que próximamente permitirá que los contribuyentes consulten si les corresponde una devolución Fonasa en 2026, correspondiente al ejercicio 2025.
De manera anual se realiza la campaña en la que BPS suele emitir un pago que corresponde al excedente de los aportes que hacen determinados ciudadanos al Fondo Nacional de Salud (Fonasa).
Cómo saber si tengo una devolución de Fonasa para cobrar
En los próximos días, BPS habilitará una herramienta para que las personas consulten si les corresponde una devolución de Fonasa. Estará disponible en la página web devolucionfonasa.bps.gub.uy.
No obstante, el organismo estatal ya confirmó quiénes pueden recibir un pago de BPS en base a sus aportes a Fonasa:
- Trabajadores con ingresos promedio mensuales superiores a $ 122.629 nominales.
- Jubilados o pensionistas con ingresos promedio mensuales superiores a $ 132.848 nominales.
En el caso de que el beneficiario haya fallecido, la liquidación puede ser solicitada por sus herederos a través de haberes sucesorios.
La entidad pública todavía tiene pendiente confirmar a partir de qué fecha se podrá consultar el monto a cobrar en la devolución, que suele ser en el mes de setiembre.
Cómo se calcula la devolución de Fonasa
La devolución de BPS por Fonasa surge de comparar los aportes personales Fonasa (de enero a diciembre del año anterior) con un tope anual.
Los aportes que se consideran para hacer el cálculo son los que realizan los trabajadores dependientes o no dependientes, jubilados y pensionistas. Las tasas de aporte cambian dependiendo de la situación familiar e ingresos de cada contribuyente. BPS informa cuáles son las tasas a través de este enlace.
También varía según la situación familiar o personal de cada beneficiario el tope anual de Fonasa. Para calcular ese tope, se suma el costo promedio equivalente (CPE) mensual, incrementada en un 25 %, correspondiente al beneficiario y a quienes este atribuye amparo (personas menores de edad, mayores con discapacidad y cónyuge o concubino), explica BPS. Solamente se consideran los meses del ejercicio en los cuales la persona fue beneficiaria.
El organismo estatal añade que el cómputo del CPE que corresponde a menores de edad o mayores con discapacidad se atribuye en partes igualares entre las personas que generan el beneficio y les atribuyen el amparo al Sistema Nacional Integrado de Salud (SNIS).
Cabe recordar que, para las personas comprendidas en este gravamen, se retiene el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Eso se debe a que los importes a cobrar por devolución Fonasa son aportes personales que fueron considerados como deducciones para el cálculo del impuesto.