Elecciones obligatorias del BPS 2026: quiénes deben votar, fechas y multas por no hacerlo

Más de dos millones de personas y empresas deberán votar el 22 de noviembre en la elección social del BPS, con multas desde una unidad reajustable para quienes no concurran sin justificación.

Urna elecciones BPS

El Banco de Previsión Social (BPS) realizará el 22 de noviembre sus elecciones sociales, donde se elegirán tres representantes para integrar su directorio: uno por jubilados y pensionistas, otro por trabajadores activos y uno más por empresas contribuyentes.

Más de 2,2 millones de personas estarán habilitadas para votar y la participación es obligatoria para quienes cumplan ciertas condiciones.

¿Quiénes deben votar de forma obligatoria en las elecciones del BPS 2026?

El voto será obligatorio para jubilados, pensionistas, trabajadores activos públicos y privados mayores de 18 años al 28 de febrero de 2026, así como para empresas contribuyentes registradas y al día con sus obligaciones a la misma fecha. Sin embargo, hay excepciones para ciertos contribuyentes y personas.

Las empresas unipersonales votarán directamente a través de sus titulares. Por su parte, las empresas pluripersonales o sociedades deberán designar un mandatario o apoderado que las represente en la elección. El trámite para registrar mandatarios puede realizarse vía servicios en línea del BPS o por WhatsApp oficial.

BPS
Fachada del edificio sede del Banco de Prevision Social.
Foto: Estefanìa Leal

Los extranjeros con derecho a voto que no posean credencial cívica también deberán registrarse para integrar el padrón electoral, utilizando su cédula de identidad de acuerdo al domicilio declarado.

Quienes no voten y no presenten justificación deberán pagar multas. Para personas, la sanción es una unidad reajustable, que son $ 1.923 a la fecha. En el caso de empresas, las multas varían de seis a 20 unidades reajustables según la cantidad de trabajadores y si no designan o el mandatario no concurre a votar.

Causales válidas ante la Corte Electoral para justificar la ausencia

El BPS contempla diversas causales para justificar la ausencia y evitar multas, como enfermedad, invalidez, fuerza mayor, encontrarse fuera del país o vivir en otro departamento, aunque esta última excepción no aplica para mandatarios empresariales. La Corte Electoral definirá el padrón definitivo 120 días antes de la elección.

Hasta el momento, resta registrar a más de 110.000 mandatarios empresariales, por lo que se esperan campañas de información intensificadas en las próximas semanas.

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