El Ministerio de Salud Pública (MSP) emitió un decreto que permite a los prestadores que integran el Sistema Nacional Integrado de Salud (SNIS), cobrar una tasa moderadora que no supere los $ 647 por el servicio de vacunación a domicilio o traslado a vacunatorio a afiliados a las instituciones de salud.
El decreto posee las firmas de la ministra de Salud Pública, Cristina Lustemberg, el ministro de Economía y Finanzas, Gabriel Oddone y el presidente Yamandú Orsi.
Además, la resolución señala que el servicio para acceder a la vacunación contra la influenza, Covid-19, y el Virus Respiratorio Sincicial (VRS), podrá ser solicitado por las personas que están incluidas dentro de los grupos prioritarios a vacunar y que están definidos por el MSP, por lo que en este caso no será necesaria una indicación médica.
Con respecto a la vacunación contra el VRS, el decreto indica que a esta podrán acceder de forma domiciliaria las embarazadas entre las 32 y 38 semanas de gestación y que presenten constancia de su condición. Esto para casos en que dichas mujeres tengan dificultades para desplazarse y lo soliciten de forma expresa.
Estas medidas estarán vigentes hasta el próximo 1 de octubre.
El decreto hace referencia a la "necesidad" de tomar medidas que "faciliten el acceso a la vacunación contra virus respiratorios dirigida a proteger a las poblaciones prioritarias" en el país.
Debido a lo dispuesto por las autoridades en el plan de vacunación para este año, "se establecieron los grupos prioritarios a vacunar siguiendo las recomendaciones técnicas e internacionales" para la influenza, el Covid-19 y el VRS.
En ese sentido, entienden "pertinente" facilitar el acceso a la vacunación a personas que, por razones de edad o movilidad "encuentran dificultades" para asistir a los vacunatorios.
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