El Parlamento se encamina a ampliar la prohibición de fumar tabaco y marihuana a espacios abiertos donde se realicen “actividades recreativas o deportivas para menores de edad, como plazas, parques y otros de similar naturaleza”. Un proyecto de ley al respecto presentado por Silvana Pérez Bonavita, diputada de Cabildo Abierto (CA), reúne el apoyo de frenteamplistas y coalicionistas, que lo aprobaron ya en comisión.
Según dijeron integrantes de la comisión de Salud Pública de la Cámara de Representantes a El País, se llegó a un acuerdo para votar el proyecto y este miércoles se aprobó la iniciativa unánimemente. Ahora pasará a discutirse en el plenario de Diputados.
“Sobre la mejor forma de ampliar los espacios libres de humo y tabaco, para nosotros este sería un avance legislativo en los espacios abiertos, ya sea públicos o privados, donde haya actividades deportivas o recreativas de niños y niñas. Lo que propuso Pérez Bonavita es un proyecto que es adecuado para avanzar en la restricción de estos lugares”, dijo el diputado del Frente Amplio (FA) Federico Preve a El País.
Actualmente, la normativa está regida por la Ley N° 18.256 de 2008, promulgada durante el primer gobierno de Tabaré Vázquez. Este proyecto suma a los espacios previstos los lugares abiertos donde menores realicen actividades recreativas o deportivas, como por ejemplo canchas de fútbol.
El diputado aseguró que la eventual reglamentación del Poder Ejecutivo definiría bien los lugares comprendidos. “Puede haber áreas en una playa que sean para niños y ahí también deberían ser libre de humo”, comentó.
“Lo positivo de incorporar este literal en ese artículo de la ley antitabaco es que esto también rige para los dispositivos electrónicos, porque el decreto de los dispositivos electrónicos se asocia con esta ley y también la ley de regulación del cannabis se asocia con los controles y sanciones de esta ley, por lo tanto, también rige para el cannabis”, explicó Preve además.
Por fines de 2025, Leonel Briozzo, subsecretario de Salud Pública, aseguró a El País que la cartera estaba abierta a analizar cualquier propuesta que venga del Parlamento en esta materia. Al mismo tiempo, acotó que en el último tiempo había habido un “repique” en el consumo de tabaco en la población, principalmente en mujeres jóvenes.
De hecho, el ministerio encabezado por Cristina Lustemberg envió un breve informe a pedido de la comisión parlamentaria con comentarios al respecto del proyecto elaborados por Laura Llambí, directora general de Salud. En el documento, al que accedió El País, la jerarca da el visto bueno a lo propuesto por la legisladora cabildante.
“A nivel mundial son 13 los países que ya han implementado medidas para proteger los espacios recreativos donde acuden los niños, niñas y adolescentes, como por ejemplo Paraguay, Australia, Gales entre otros. Al proponer el proyecto de ley la incorporación de un nuevo ítem a la Ley 18.256, queda claramente estipulada la fiscalización, el órgano responsable de la misma, los sujetos pasibles, los tipos de sanciones, etc”, sostiene el documento.
En ese sentido, destaca que las áreas que se pretende sumar “se encuentran bien delimitadas”, lo que “facilita la comprensión de la normativa por la población, la fiscalización y la concientización de los consumidores de usar otros espacios”.
También resalta como una “fortaleza” que queden incluidos los dispositivos electrónicos para fumar y el cannabis.
“Se considera factible ampliar los espacios libres de humo en esta primera etapa a: espacios abiertos, público o privados, con destino a actividades recreativas o deportivas para menores de edad, a reservas o jardines botánicos y restringir a cierto perímetro como de 10 metros de radio, por fuera de los predios de los centros educativos y establecimientos de salud”, indica Llambí.
Descartaron proyecto del PN
A mediados de diciembre de 2025 ingresó otro planteo relacionado al tema, a través de dos proyectos de ley del diputado blanco Álvaro Dastugue, que no recibieron apoyo.
Los espacios que proponía abarcar eran: “plazas, playas y áreas de recreación familiar. Parques, jardines botánicos, zoológicos y reservas naturales. Espacios deportivos, estadios y áreas destinadas a la práctica del deporte. Áreas exteriores de centros educativos y establecimientos de salud. Paradas de ómnibus, refugios de transporte colectivo de pasajeros y espacios destinados a la espera de dicho servicio, así como en un radio no menor a 10 metros de los mismos”.
Según aseveró Preve, este planteo “tenía varias dificultades”, en parte porque se establecía como un marco normativo aparte a la ley existente y abarcaba “a prácticamente cualquier espacio público”.
“No nos parece, porque eso sí sería una coacción importante en libertad. Podemos discutirlo si está bien o está mal. Pero sí nos parece bien específicamente en los lugares abiertos, públicos o privados, donde hubiera actividades recreativas para niños y niñas”, acotó.
En este caso, el informe del MSP contiene matices al respecto. Particularmente, “crea una nueva ley, con lo cual no se aprovecha las ventajas de incorporarlo” a la actual, e incorpora a las playas, lo que “puede conllevar la dificultad de la correcta fiscalización e identificación del sujeto pasible”.
Dastugue también proponía que la prohibición rigiera en el horario entre las 9 y las 21 horas. Esto, para el ministerio, “contradice el espíritu de la normativa de ambientes libres de humo de tabaco y el derecho que se busca proteger”.
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