Preocupación en INR tras resolución judicial que autorizó visita conyugal al líder narco Fernández Albín

Interior advirtió por los riesgos de un encuentro entre el recluso y su esposa, condenada por lavado de activos, y cuestionó que la Justicia habilitara el contacto entre ambos.

Luis Fernández Albín fue extraditado a Uruguay
Luis Fernández Albín siendo extraditado a Uruguay
Foto: Ministerio del Interior

El Instituto Nacional de Rehabilitación (INR) manifestó preocupación por una resolución judicial que autorizó una visita conyugal del narcotraficante Luis Fernando Fernández Albín con su esposa, Katherine Quilimas, ambos privados de libertad y condenados en el marco de una misma investigación vinculada al narcotráfico y el lavado de activos.

El principal cuestionamiento del organismo pasa por los riesgos que supone permitir un encuentro íntimo entre dos integrantes de una misma organización criminal, según se establece en documentación judicial a la que accedió El País.

Para las autoridades penitenciarias, la particularidad del caso está en que Fernández Albín está sometido a un régimen extraordinario de seguridad diseñado para limitar la posibilidad de que personas consideradas de alto riesgo continúen coordinando actividades delictivas.

La intimidad de la visita conyugal, y por tanto la ausencia de control sobre la interacción entre ambos, es lo que genera más preocupación, ya que desde el INR entienden que el encuentro podría permitirles intercambiar información.

Quilimas, conocida como "La Chula", fue condenada el 30 de abril a dos años de penitenciaría por lavado de activos, en la misma investigación en la que Fernández Albín recibió una pena de 10 años y tres meses.

La sentencia que condenó al líder narco describió a su esposa como la “administradora del patrimonio familiar en ausencia de su pareja”. La investigación reconstruyó compras de bienes y gastos por cifras que no se correspondían con los ingresos formales de la familia.

En el recurso presentado contra la autorización judicial, Interior sostuvo que la mujer ocupaba un rango inferior dentro de la organización y que, por sus condiciones de reclusión, tiene mayores posibilidades de comunicarse con el exterior.

El pedido de la esposa y la primera autorización

Quilimas solicitó la visita intercarcelaria después de haber sido recluida en la Unidad N° 5. Según surge del expediente al que accedió El País, argumentó que hacía varios meses que no tenía contacto ni se comunicaba con su esposo.

El 7 de mayo, la Unidad N° 5 dio trámite a la solicitud e informó al juzgado que, en caso de ser autorizada, Quilimas sería trasladada en un móvil policial, con custodia y las correspondientes medidas de seguridad. Finalmente, el 27 de mayo, la Justicia autorizó la visita.

El Ministerio del Interior recurrió la decisión el 5 de junio. Planteó que la medida suponía una “intromisión ilegítima” del magistrado en las competencias del Poder Ejecutivo y sostuvo que "corresponde a la administración penitenciaria determinar si están dadas las condiciones" para una visita de estas características.

El organismo argumentó que es el INR es quien cuenta con la información necesaria para evaluar el perfil de los privados de libertad, los riesgos operativos y las consecuencias que una medida puede tener sobre la seguridad y el funcionamiento de los establecimientos.

La cartera también recordó que el protocolo extraordinario al que está sometido Fernández Albín establece que durante su vigencia no están autorizadas las visitas conyugales.

Los recursos fueron resueltos el 3 de agosto por el juez Alejandro Asteggiante, quien rechazó el planteo del Ministerio del Interior y ordenó cumplir con la autorización dictada en mayo.

El magistrado entendió que el INR no tiene legitimación para recurrir esa decisión. Además, señaló que el organismo "no es parte del proceso judicial" y que "tampoco puede ser considerado un tercero directamente afectado" por la resolución, sino que actúa como auxiliar de la Justicia.

Asteggiante sostuvo que la autorización de la visita podría ser considerada una "providencia de mero trámite y, por tanto, no susceptible de apelación".

Pero el juez también respondió a los argumentos de fondo planteados por Interior. El magistrado consideró que las competencias exclusivas otorgadas al INR se refieren al régimen administrativo de reclusión —como determinar la unidad en la que se aloja una persona o disponer traslados dentro del sistema—, pero no le conceden potestad exclusiva sobre el derecho de los presos a recibir visitas.

“El derecho a las visitas es un derecho humano esencial”, afirmó y sostuvo que los jueces tienen el cometido de "velar por los derechos humanos de las personas privadas de libertad".

Otro de los argumentos utilizados por el juez fue que la propia Unidad N° 5 había dado inicialmente trámite a la solicitud de Quilimas y comunicado cómo se realizaría su traslado en caso de que la visita fuera autorizada. “Apela una autorización que el propio impugnante remitió para la consideración de la Sede”, sostuvo Asteggiante.

Desde Interior, sin embargo, entienden que se trata de dos instancias diferentes. Sostienen que el trámite realizado por la Unidad N° 5 forma parte del procedimiento habitual ante una solicitud de visita conyugal, mientra que la evaluación del riesgo se realiza a otro nivel de la administración penitenciaria.

La visita conyugal que fue ratificada por el juez no tiene fecha fijada hasta el momento. Interior podrá presentar un recurso de queja para que intervenga un Tribunal de Apelaciones.

Además

El régimen especial de Fernández Albín

La disputa judicial ocurre en medio de un escenario de tensión entre Fernández Albín y las autoridades penitenciarias. El narcotraficante está sometido a un régimen extraordinario de evaluación, separación y seguimiento para personas consideradas de alto riesgo para la seguridad pública.

En julio escribió una carta con amenazas contra autoridades y funcionarios del INR. El organismo lo denunció penalmente y le impuso una sanción de 60 días.

Días después, Fernández Albín intentó quitarse la vida en prisión. Su defensa presentó nuevos reclamos judiciales por las condiciones de reclusión.

Estos episodios ocurrieron después de que Interior presentara sus recursos contra la visita conyugal.

¿Encontraste un error?

Reportar

Te puede interesar