El juez letrado Sebastián Amor, titular del Juzgado Civil de 17º Turno, convocó a una audiencia pública y abierta para el próximo viernes 10 de abril a las 15:30 horas por el recurso de amparo presentado contra la exploración de hidrocarburos en el mar uruguayo.
El encuentro, que tendrá lugar en la sede de Pasaje de los Derechos Humanos 1309, en Montevideo, surge tras la acción impulsada por un amplio frente de organizaciones sociales y sindicatos que exigen la suspensión inmediata de la búsqueda de petróleo en aguas uruguayas.
La demanda, patrocinada por el abogado Hoenir Sarthou, cuenta con el respaldo de agrupaciones como Costa Viva Rocha y Mar Azul Uruguayo, además de gremios del sector pesquero y veterinario. El recurso se fundamenta en "la defensa de derechos constitucionales", alertando sobre "riesgos ambientales, sociales y económicos que la actividad podría acarrear".
Deberán comparecer como parte demandada los ministerios de Ambiente; Industria, Energía y Minería; y Ganadería, Agricultura y Pesca, junto a Ancap y la empresa Viridien (CGG Services), responsable de las tareas de prospección sísmica.
El informe científico de la Udelar como prueba clave
El núcleo de la argumentación demandante reside en un informe elaborado por expertos de la Universidad de la República (Udelar) y la Pontificia Universidad Católica de Chile. El documento técnico involucra a Facultad de Ciencias, el Laboratorio de Ciencias del Mar (UNDECIMAR), el Instituto de Ecología y Ciencias Ambientales (IECA), el Centro Universitario Regional del Este (CURE) y el Instituto de Ciencias Oceánicas (ICO).
Esta evidencia científica busca demostrar que "el impacto de la prospección sísmica trasciende lo teórico y pone en jaque la biodiversidad marina". Entre los firmantes del reporte figuran nombres de trayectoria en la academia uruguaya como Omar Defeo, Daniel Panario, Ofelia Gutiérrez, Cecilia Alonso y Paula Laporta, junto a otros investigadores que sostienen que la exploración hidrocarburífera "es incompatible con la preservación de los recursos oceánicos del país".
Cuestiones jurídicas y científicas
Los demandantes entienden que "la autorización otorgada por el Ministerio de Ambiente contradice el artículo 47 de la Constitución", que establece "el deber de proteger el medio ambiente, así como normas legales que promueven el uso sostenible de los recursos hidrobiológicos".
Desde el punto de vista científico, el informe advierte que "el Atlántico Sudoccidental —donde se ubican las áreas de prospección— es una zona de alta biodiversidad y productividad, considerada estratégica para la conservación y la pesca". A esto se suma que "la región enfrenta un proceso de calentamiento oceánico acelerado, lo que incrementa la vulnerabilidad del ecosistema ante nuevas perturbaciones".
En ese contexto, los especialistas subrayan que los impactos de la actividad sísmica "pueden ser acumulativos, de largo plazo y en algunos casos irreversibles", por lo que recomiendan "aplicar el principio precautorio y profundizar los estudios antes de avanzar con este tipo de exploraciones".
La Justicia deberá ahora analizar el planteo y resolver si corresponde suspender de forma inmediata las operaciones mientras se evalúa el fondo del asunto. En un antecedente reciente, la Justicia no dio lugar a una acción de amparo presentada por la Institución Nacional de Derechos Humanos (Inddhh) y organizaciones sociales para suspender la prospección sísmica.
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