El Poder Ejecutivo uruguayo dio a conocer hasta qué fecha funcionará el régimen actual de franquicias, que de momento establece que cada persona que tenga documento uruguayo tiene el derecho de recibir hasta tres envíos internacionales por año sin pagar impuestos (de enero a diciembre), siempre y cuando reúna los requisitos establecidos por la ley.
Este sistema de tope de franquicias, regido por la Dirección Nacional de Aduanas (DNA) y el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), cambiará en este 2026 con la entrada en vigencia de la Ley de Presupuesto.
¿Cuándo cambiará el tope de franquicias en Uruguay?
Recientemente, Presidencia difundió la publicación del decreto N° 50/2026, que regulará los envíos postales internacionales. Este cambio establecido por el MEF se realizará a partir del 1º de mayo de 2026, por lo que el actual régimen de franquicias seguirá en vigencia hasta el 30 de abril de 2026.
Desde ese momento, las compras por internet realizadas en el exterior (excepto las que provengan de Estados Unidos) pasarán a estar gravadas con IVA del 22 % y el régimen de franquicias pasará de tres compras por US$ 200 cada una al año a un tope de US$ 800 en hasta tres compras al año (se puede usar el tope en una sola compra, en dos o en tres).
El Poder Ejecutivo aclaró que en este año 2026 convivirán ambas normativas. "Sin embargo, para el cómputo de los topes anuales (cantidad de envíos y montos), se considerará la totalidad de las operaciones realizadas durante el año civil. Si un usuario ya utilizó sus tres franquicias anuales antes del 1 de mayo, no podrá acceder a nuevos beneficios bajo el nuevo régimen en lo que reste del año", indicó el gobierno.
El MEF también ofrece una comparativa del régimen actual y el que comenzará a regir en mayo:
- Cantidad de envíos permitidos: se mantienen los tres envíos anuales
- Valor máximo: tope anual acumulado de US$ 800, cuando antes era de US$ 200 (expreso) / US$ 50 (no expreso)
- Cambio de tributación: ahora el envío será gravado por IVA, salvo envíos provenientes de países con acuerdos comerciales vigentes (actualmente solo Estados Unidos) y los envíos que califiquen estrictamente como “obsequio familiar”, según la normativa. Previamente, los envíos eran exonerados de todo tributo
- Pago: bajo el nuevo régimen, será con autorización de datos financieros a la DNA, mientras que con el actual era con tarjeta o dinero electrónico a nombre del titular
¿Cómo saber cuántas franquicias me quedan bajo el régimen actual?
Para averiguarlo, en la página oficial de Aduanas, se puede acceder a través de este enlace para ver las franquicias restantes que cada persona tiene, y también la información de los envíos utilizados previamente.
Para poder utilizar este servicio es necesario contar con Usuario gub.uy. Puede obtenerse información de esta solución digital del Estado uruguayo haciendo clic aquí.
Requisitos para usar franquicias en Uruguay
Para poder ampararse a la franquicia internacional exonerada de tributos actualmente, los requisitos son:
- Hasta tres envíos por año civil por persona
- Ser ciudadano mayor de 18 años con cédula de identidad uruguaya vigente
- El valor factura en el caso de compras o declaración de valor en caso de obsequios, no puede superar los US$ 200
- Debe ser para uso personal, sin fines comerciales
- El peso del envío no puede superar los 20 kg
- En caso que la encomienda contenga una compra, el pago correspondiente deberá realizarse mediante el uso de tarjeta de crédito o débito internacional o instrumento de dinero electrónico internacional, emitido por una institución de intermediación financiera, empresa administradora de crédito o institución emisora de dinero electrónico regulada por el Banco Central del Uruguay
- La titularidad del medio de pago deberá coincidir con la del titular de la compra y con el destinatario de la encomienda
- El presente régimen no comprende mercadería que se encuentre gravada por el Impuesto Específico Interno (Imesi) ni tampoco mercaderías consideradas como prohibidas
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