A la hora de realizar compras internacionales, una de las dudas más frecuentes entre los consumidores en Uruguay es cuántas franquicias hay disponibles para utilizar en el año.
Para verificar el saldo exacto de encomiendas registradas a nombre de una persona, la Dirección Nacional de Aduanas ofrece una plataforma digital oficial a la que se accede mediante el usuario de ID Uruguay.
A través de este sistema, los usuarios pueden consultar en detalle la cantidad de envíos realizados y el monto acumulado en el año calendario.
Según explica el Ministerio de Economía y Finanzas en su guía de preguntas frecuentes sobre el régimen de envíos postales, la norma vigente de franquicias postales permite a las personas físicas mayores de 18 años ingresar mercadería desde el exterior sin fines comerciales.
Límites anuales y las formas de consultar el saldo de franquicias
Los compradores deben considerar que la legislación, vigente desde el 1.º de mayo de 2026, contempla un máximo de hasta tres envíos por año civil, por persona física, con un valor acumulado de hasta US$ 800. La contabilización de estos cupos se realiza según la fecha de liberación del envío por la Aduana, no según la fecha de compra ni el arribo del paquete al país.
Existen tres vías para revisar cuántas franquicias persisten disponibles antes de comprar cualquier producto en el extranjero:
- Portal oficial de Aduanas: ingresando al servicio de consulta de encomiendas del organismo con las credenciales digitales de ID Uruguay.
- Sistema LUCIA: plataforma en la que se gestiona y visualiza la trazabilidad aduanera de todos los paquetes postales ingresados al país.
- Sitios web de operadores y couriers: los paneles de usuario en empresas privadas de transporte internacional incluyen herramientas de verificación de saldo ingresando la cédula de identidad.
Qué ocurre si se agotan los tres envíos o se supera el monto máximo
Una vez consumidos los tres envíos anuales o alcanzado el límite de US$ 800, el usuario no podrá ampararse nuevamente en el régimen de franquicias hasta el inicio del siguiente año civil, ya que los cupos no son acumulables ni se resetean antes de tiempo.
Si se recibe una cuarta encomienda o se supera el tope anual, el envío no podrá ampararse en la franquicia. En otro caso, se aclara que si su valor es de hasta US$ 800, podrá optarse por el régimen de prestación única, que implica pagar el 60% del valor declarado, con un mínimo de US$ 20. Si supera ese monto, corresponde el régimen general de importación.
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