¿Cuáles son los nuevos precios de los combustibles que empiezan a regir desde el domingo 1° de marzo?

El Poder Ejecutivo resolvió reducir los precios de las naftas y gasoil mientras que el valor del supergás se mantiene

Combustibles
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Foto: pxhere

Desde este domingo 1° de marzo a las 0 horas habrá nuevos precios de los combustibles, que regirán durante dos meses como establece el nuevo esquema de fijación de tarifas anunciado a fines de mayo del año pasado por el gobierno de Yamandú Orsi. El Poder Ejecutivo resolvió reducir los precios de las naftas y el gasoil.

El decreto del Poder Ejecutivo, firmado por el presidente de la República y los ministros Gabriel Oddone (Economía y Finanzas) y Fernanda Cardona (Industria, Energía y Minería) establece que habrá una disminución en el precio del gasoil y las naftas, mientras que se mantendrá el valor del supergás por los próximos dos meses.

La nafta Súper 95 baja 1,1% y pasará a valer $76,88 el litro desde el jueves (está en $ 77,79 actualmente).

Estaciones de servicio en Melo
Pistero cargando nafta super a automovil en estacion de servicio Ancap, foto Estefania Leal - Archivo El Pais
Estefania Leal/Archivo El Pais

La nafta Premium 97 tuvo una reducción de 0,01% y pasará a costar $ 79,40 el litro (está en $ 80,30).

En tanto, el gasoil 50 S bajó 0,03% y pasará a valer $ 47,32 el litro desde el jueves (actualmente está en $ 48,90).

El gasoil 10 S tendrá una disminución de 2,82% y pasará a un precio de $ 54,32 el litro (actualmente está en $ 55,90)

Por último, el supergás se mantuvo incambiado en $ 88,46 el kilo. Así, la garrafa de 13 kilos tiene un valor de $ 1.150 (sin costo de envío).

Estaciones de servicio en Montevideo
Surtidores de combustible en estacion de servicio Ancap de Colonia y Yi, en Montevideo, surtidor de gasoil, ND 20250401, foto Estefania Leal - Archivo El Pais
Estefania Leal/Archivo El Pais

La Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua (Ursea) divulgó los “precios de referencia” para que el Poder Ejecutivo definiera los precios finales.

“El Decreto 130/025 establece que el precio de Referencia se obtendrá mediante “el cálculo resultante de utilizar el promedio de los Precios de Paridad de Importación (PPI) de los 2 meses anteriores al ajuste, el factor definido en el artículo 3o de este decreto [el factor de ajuste que se fijará anualmente] y los márgenes y tributos correspondientes a toda la cadena de valor”, indicó el documento.

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