Consultor Tributario: El Impuesto Mínimo Global en Uruguay, ¿es una enfermedad autoinmune?

La implementación del Impuesto Mínimo Global en Uruguay abre interrogantes sobre su impacto en los incentivos fiscales, la atracción de inversiones extranjeras y la competitividad del país.

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Por Leopoldo Parada / profesor de Derecho Tributario en el King´s College de Londres
En 2025, el gobierno uruguayo decidió implementar el Impuesto Mínimo Global (IMG) a través de un Impuesto Mínimo Complementario Doméstico (IMCD). Nadie se lo pidió, ni tampoco era necesario, pero allí está. Se trata de una de las normas del llamado IMG que permite a Uruguay gravar a un grupo multinacional por las rentas que no hayan tributado suficientemente en el país, tomando como referencia una tasa efectiva mínima del 15%. Mientras algunos lo celebran como un acto de “justicia fiscal”, otros miran con preocupación el futuro de una política de incentivos tributarios que, para bien o para mal, ha formado parte de la estrategia para atraer inversión extranjera al país por varios años. Y tiene sentido: una reforma destinada a proteger la recaudación fiscal, como lo es el impuesto mínimo, puede terminar reduciendo la eficacia de los beneficios fiscales con los que el mismo Estado se ha empeñado por años en captar inversiones.

Ahora bien, más allá de lo técnico, la escena general que nos presenta el gobierno con un impuesto mínimo aprobado y caminando, por una parte, y la necesidad de seguir atrayendo inversiones y generar certeza jurídica, por la otra, no deja de ser curiosa, ya que se asemeja mucho a la situación en la que a un paciente se le diagnostica una enfermedad autoinmune.

Piense usted en una persona que, después de varios meses de exámenes y contradicciones, escucha a su médico decirle: “Señor, es su propio cuerpo quien lo ataca”. La noticia resulta desconcertante. Después de todo, aquello que se suponía que debía protegerlo se convierte en el corazón del problema. Si miramos el IMG en Uruguay desde esta perspectiva, es exactamente lo mismo.

El Estado ofrece incentivos fiscales para atraer inversión, a sabiendas de que las empresas toman decisiones sobre la base de esos incentivos. Es decir, trata de que la economía funcione bien, tal como cualquier persona esperaría de su propio cuerpo. Sin embargo, acá es el mismo Estado el que decide introducir un impuesto que no sólo puede neutralizar los mismos incentivos fiscales que creó, sino que espantar, al menos parcialmente, a la inversión que tanto desea. Es decir, el mismo Estado es quien decide autoatacarse.

Unos podrán argumentar utilizando la teoría clásica de defensa del IMG, esa que dice “si Uruguay no cobra, cobrará otro”. Bajo esta premisa, mantener determinados beneficios fiscales podría terminar favoreciendo a un fisco extranjero antes que a la empresa que invierte en el país. Es decir, el país sacrificaría ingresos sin conseguir que el inversor conserve el beneficio, por lo que es mejor tener el IMCD.

El argumento tiene lógica, pero hay que tener cuidado en transformarlo en una verdad universal. De hecho, la mayor recaudación derivada del impuesto mínimo dependerá, entre otros factores, de quién se quede en Uruguay para pagar, o visto de otro modo, de cuánto le importe al inversor extranjero pagar ese “pelín extra”. Si ese costo no altera su decisión, la expectativa recaudatoria puede sostenerse. Pero si la altera, habrá que apretar los dientes o cambiar la estrategia.

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Leopoldo Parada, profesor de Derecho Tributario en el King's College de Londres.

Esto cobra particular importancia en un escenario internacional en donde los grupos con matriz estadounidense que se acogen al régimen Side-by-Side quedan protegidos frente a la IIR y la UTPR, pero no frente a un impuesto mínimo doméstico (QDMTT). Para esos grupos, la premisa de que “si Uruguay no cobra, cobrará otro” deja de ser una explicación suficiente. Aquí es donde aparece el riesgo autoinmune, puesto que, si Uruguay mantiene el IMCD para esos grupos, debe justificarlo por algo más que la amenaza de que otro país cobre.

¿Y si los excluye, como parece resultar de la lectura de la legislación uruguaya? Pues estaría creando un impuesto condicional que lo deja tanto fuera de la calificación de QDMTT como de un impuesto cubierto a nivel de la normativa de la OCDE. Es decir, Uruguay se queda con un gravamen societario adicional que estorba más que suma, aun cuando el ataque autoinmune se reduzca con la condicionalidad de este.

OCDE. Foto: AFP.
OCDE. FOTO: AFP
Francois Mori/AP

¿Debe entonces Uruguay desactivar completamente su “sistema inmune”, incluido su IMCD? No necesariamente. Seamos honestos, el Estado está en su derecho de proteger su recaudación, si así lo desea. Sin embargo, es importante hacerlo distinguiendo muy bien entre cuándo está protegiendo la recaudación y cuándo está modificando, por decisión propia, las condiciones de inversión. Es decir, la pregunta que importa es, por tanto, cómo hacerlo para mantener este equilibrio.
Aunque las recetas mágicas no existen, creo que una estrategia de política fiscal coherente requeriría al menos dos elementos fundamentales ahora mismo.

El primero sería examinar conjuntamente la necesidad de atraer inversión, por un lado, y el papel de recaudador por defecto que asume Uruguay con el IMG, por otro. Esto es, preguntarse si son ambos compatibles y, sobre todo, si Uruguay puede seguir compitiendo por inversión en una economía global, sobre todo ahora que ha decidido gravar más. Si la respuesta es positiva, cabe adaptarse. Pero si es negativa, debe haber una reevaluación. Y es aquí donde precisamente yace el segundo elemento fundamental de una política fiscal coherente: la capacidad de autocorregirse.

Esto es muy importante en un escenario internacional cambiante y se traduce en la capacidad de reconocer que, por mucho que se quiera seguir los lineamientos marcados por la OCDE en proyectos como el impuesto mínimo global o una idea universal de justicia fiscal, si las condiciones que hacen posible dicho proyecto cambian, la estrategia debe hacerlo también. En tal caso, no sería un fracaso político, sino más bien un cambio de prioridades en el que los intereses nacionales pasarían a un primer plano. Tal y como un diagnóstico médico y su consecuente tratamiento no son nunca fijos en el tiempo.

Ya veremos cómo sigue adelante un país que aún necesita de la inversión extranjera y aún sigue inmerso en una economía global donde la competencia no ha desaparecido simplemente porque hoy exista un llamado IMG.

Zonas francas y competitividad en tiempos del Impuesto Global

Por Carlos Loaiza Keel / abogado Tributario y Corporativo

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Carlos Loaiza Keel, abogado tributario y corporativo.

La tributación internacional vive una de sus transformaciones más profundas en décadas. Impulsado por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y el G20, el Impuesto Mínimo Global busca reducir la competencia fiscal entre países y asegurar que los grandes grupos multinacionales tributen, al menos, una tasa efectiva del 15%. Sin embargo, a medida que las nuevas reglas comienzan a aplicarse, surge una pregunta incómoda para economías pequeñas y abiertas como la uruguaya: ¿puede esta nueva normativa hacer perder efectividad a los instrumentos utilizados para atraer inversión?

En esta nueva columna para #ConsultorTributario, Leopoldo Parada, profesor de Derecho Tributario en King’s College de Londres, examina con su habitual audacia los efectos que, a su juicio, puede traer consigo la reciente introducción del Impuesto Mínimo Complementario Doméstico sobre la competitividad fiscal del Uruguay.

La reflexión resulta especialmente pertinente, pues las zonas francas continúan desempeñando un rol clave para la recepción de inversiones para el Uruguay; así lo demuestra el reciente anuncio del gobierno uruguayo de una inversión privada de miles de millones de dólares, que aprovechará precisamente dicho régimen-inversión a la que, por lo demás, estos cambios tributarios no parecen haber puesto ningún obstáculo.

Más allá de sus implicancias técnicas, que pueden compartirse o no, el artículo de Leopoldo invita a pensar sobre una cuestión de fondo, que será el eje de la conferencia “Zonas Francas y competitividad en la era del Impuesto Global Mínimo”, el próximo martes 3 de noviembre a las 18:30 horas en la Universidad de Montevideo. Un debate académico oportuno, sobre un tema crucial para el desarrollo actual y futuro de nuestro país.

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