El Banco de Previsión Social (BPS) dio a conocer cuáles son las distintas modalidades de cobro que les ofrece a los contribuyentes que esperan recibir una devolución Fonasa correspondiente a sus ingresos del ejercicio 2025.
Los pagos de la devolución de excedentes de aportes al Fonasa comenzarán a emitirse a partir del 21 de setiembre.
Por otro lado, ya se puede averiguar si se tiene una devolución de aportes al Fonasa, el cálculo del monto de la devolución y otros detalles a través de este enlace.
Para este 2026, son aproximadamente 152.000 personas las que recibirán un reembolso de parte del Fondo Nacional de Salud, lo que representa un monto de $ 8.085 millones.
¿Cómo cobro mi devolución Fonasa 2026?
Los cobros podrán realizarse de las siguientes maneras, según BPS:
- A través de cuenta bancaria
- Instrumento de dinero electrónico (Midinero, DeAnda, Prex y OCA Blue)
- Presentándose con su cédula de identidad en empresas contratistas (Abitab, Redpagos, Anda o supermercados El Dorado)
Según el organismo estatal, el 21 de setiembre cobrarán quienes hayan optado por hacerlo mediante depósito en cuenta bancaria, instrumento de dinero electrónico o redes de cobranza.
¿Dónde hacer consultas por la devolución Fonasa?
Las personas que cuentan con un usuario personal BPS podrán acceder al monto y cálculo de su devolución a través del servicio "Consultar detalle de devolución Fonasa". Previo a eso, esos mismos contribuyentes recibirán un correo electrónico con un recibo, en caso de ser una de las personas a quienes les corresponde una devolución del excedente de aportes al Fonasa.
Además, toda la población puede averiguar a través de las siguientes vías si le corresponde o no una devolución:
- Llamando al número 0800 2016 (línea gratuita)
- WhatsApp Fonasa: 092 366 272
- Vía web: Consulta de devolución Fonasa
¿Quiénes recibirán una devolución de Fonasa en 2026?
De acuerdo a la información confirmada por BPS, las personas que pueden percibir un cobro por excedente de sus aportes de Fonasa son las siguientes:
- Trabajadores con ingresos promedio mensuales superiores a $ 122.629 nominales.
- Jubilados o pensionistas con ingresos promedio mensuales superiores a $ 132.848 nominales.
BPS aclaró que esto es una referencia indicativa, y que el valor final está sujeto a la situación familiar de cada persona.
En el caso de que el beneficiario haya fallecido, la liquidación puede ser solicitada por sus herederos a través de haberes sucesorios.
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