Mientras la llamada ley de eutanasia espera por la votación en la Cámara de Senadores con la garantía de que se conseguirá una mayoría para aprobarla -ya cuenta una sanción en Diputados-, el Ministerio de Salud Pública (MSP) está terminando de ajustar por estas horas, junto a Presidencia de la República, la reglamentación de la ley 20.179 de Cuidados Paliativos. El País accedió a un borrador del texto, en el que se establece que todos los prestadores de salud, sean públicos o privados, deberán garantizar la atención en estos cuidados, conformando incluso equipos específicos dentro de cada institución.
El borrador expone cuatro obligaciones para los prestadores que forman parte del Sistema Nacional Integrado de Salud (SNIS), los que tienen como objetivo garantizar la accesibilidad de los cuidados paliativos: dar difusión de este derecho para todos los usuarios; tener información “clara y visible” sobre la temática en cada uno de los puntos de atención, en las respectivas páginas web y en otros medios de comunicación institucional; la organización de un plan de asistencia paliativa que esté acorde con el número de afiliados, asegurando así la cobertura de todos ellos, sin importar donde vivan y sin establecer ningún tipo de régimen de cupos; y la habilitación de Unidades de Cuidados Paliativos (UCP) y Equipos Soporte (ES) por parte del MSP.
El plan, que ya fue redactado por la cartera, y ahora espera por el aval de Presidencia de la República, señala que los prestadores tendrán la responsabilidad, y la obligación, de asegurar una asistencia paliativa universal, integral, oportuna, longitudinal y continua.
“Universal”, porque el objetivo es llegar a todos los usuarios pasibles de cuidados paliativos, es decir todos los que están comprendidos por la ordenanza 1965 de 2019, la que establece una lista de patologías, tanto en niños como adultos, que van desde enfermedades oncológicas, a pulmonares crónicas, deficiencias cardíacas, demencia, enfermedades neurológicas o hépatica crónica, insuficiencia renal, VIH-Sida, enfermedad de Duchenne, o trastornos neuromusculares, neurodegenerativos o metabólicos crónicos, entre otras.
También “integral”, porque se deben tener en cuenta aspectos “bio-psico-sociales-espirituales”. Gabriela Píriz, directora del programa de Cuidados Paliativos, dijo a El País, en cuanto a este punto, que “la espiritualidad es un aspecto de la persona. Tiene que ver con la trascendencia, con que la vida tenga sentido. Va más allá de los aspectos religiosos. Es tener en cuenta qué hizo en la vida, qué dejó. Hay gente que está en el proceso de fallecer y piensa que su vida no ha tenido sentido. Esto tiene que ver con buscar este sentido: si tuvo hijos, si es una maestra y enseñó, etc. Es una terapia específica. En niños, por ejemplo, se les plantea que dejen una caja con regalos para determinadas personas, que graben un video, que escriban”.
Además, se les insta a los prestadores a dar una asistencia “oportuna”, porque se hará hincapié en “la derivación precoz” de los pacientes, con el objetivo de evitar que esta se lleve a cabo, únicamente, al final de la vida. Cada vez que se haga una derivación, las UCP y ES deberán dar asistencia en un plazo no mayor a 48 horas hábiles. Esta valoración podrá ser presencial o virtual, por un médico o un licenciado de enfermería, y deberá quedar registro de ella en la historia clínica del paciente.
En cuanto a una atención “longitudinal”, lo que se busca es que se haga un seguimiento del paciente durante todo el proceso, lo que incluye también un acompañamiento a las familias al momento del duelo. Y también “continua”, porque el seguimiento deberá ser siempre, en los distintos ámbitos de atención, ya sea de forma presencial o virtual.
Equipos
Otro artículo de la reglamentación sugerida por el MSP señala que cada prestador de salud deberá tener las UCP y ES tanto para adultos como para niños. Esto corre para todas las instituciones, también las más pequeñas. A aquellas que cuentan con menos de 30.000 afiliados se les exigirá tener un equipo básico, de médico y enfermero, pero se les permitirá realizar convenios con prestadores más grandes, o contratar “en caso de no contar con profesionales formados”.
Por otra parte, aquellas instituciones de salud que posean sedes secundarias o filiales “deberán asegurar la misma calidad de atención paliativa” en cada una de ellas. No obstante, el equipo centralizado, que funcionará en la sede central, tendrá la responsabilidad de conocer a “todos los pacientes pasibles de cuidados paliativos del prestador, y asistir directamente a los usuarios complejos”.
Los prestadores estarán obligados a tener “recursos diagnósticos, terapéuticos y logísticos adecuados” para la atención de los pacientes, y deberán “promover y facilitar” la formación continua por parte de su personal en cuidados paliativos.
En caso de internaciones en los centros de salud, las instituciones tendrán la obligación de “permitir el acceso flexible de los familiares” a las instalaciones por parte de los pacientes, “valorando situaciones especiales como la agonía y la sedación”. Los familiares menores de edad también tendrán derecho a la visita, “salvo que existan circunstancias” médicas que lo impidan, y siempre teniendo en cuenta la voluntad de los niños o adolescentes.
Final
El borrador de la reglamentación también establece el abordaje que se llevará adelante con esos pacientes que tengan deseo de adelantar la muerte. Píriz sostiene que esto es algo común en pacientes que están etapa terminal, ya sea por padecer un sufrimiento físico o psicológico, o por otra razones, como no querer ser una carga para sus familias o no querer ocasionar gastos.
“Suele pasar, en las primeras consultas, que el paciente dice: ‘No quiero seguir viviendo así’. A eso llamamos el deseo de adelantar la muerte. La mayoría de las veces esto tiene que ver con dolor, u otro padecimiento físico. Cuando pasa esto lo que tiene que haber es un equipo preparado para analizar la situación, buscando problemas físicos, o psicológicos, o económicos o espirituales”, señaló.
Eutanasia: “Son muchas las cosas a tener en cuenta”
En cuanto a cómo la ley de Cuidados Paliativos debería dialogar con la de eutanasia, en caso de esta aprobarse, la directora de Cuidados Paliativos, Gabriela Píriz, sostuvo que pueden haber puntos de contacto, pero que “se trata de cosas muy diferentes”.
“La ley de eutanasia debería contemplar todo esto, porque si el paciente plantea deseo de morir, va a depender de la capacitación del médico para poder detectar todo esto. Nunca puede quedarse con una primera impresión. No es ‘escriba acá, firme, que empieza a correr la ley de eutanasia’. Son muchas las cosas que hay que tener en cuenta”, sostuvo la jerarca ministerial.
El proyecto de ley de eutanasia habilita que podrán acceder a la eutanasia solo personas mayores de edad “psíquicamente aptas”, que cursen la “etapa terminal de una patología incurable e irreversible”, o padezcan por esos condicionantes sufrimientos “insoportables”, con “grave y progresivo deterioro” de su calidad de vida. Para acceder a la eutanasia se valorará la opinión de un primer y segundo médico, y en caso de diferencias, el caso pasaría a un junta médica.
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