La condena contra Carlos Moisés Martínez a 12 años de prisión luego de haber matado a su padre convulsionó a gran parte de la sociedad. La familia reclamó contra la sentencia en los medios, hubo movilizaciones ciudadanas y una inusual reacción en el sistema político: a iniciativa del senador colorado Andrés Ojeda, tres legisladores solicitaron un informe a la división jurídica del Parlamento para saber qué viabilidad tiene la posibilidad de indultar al reo, que desde este lunes espera el fallo de segunda instancia recluido en su casa.
"El caso presenta aristas de una sensibilidad humana excepcional, habiéndose probado en el juicio que el Sr. Martínez y su familia fueron víctimas de una historia prolongada de violencia intrafamiliar y abusos sexuales sistemáticos", decía la consulta de Ojeda y de los diputados Elianne Castro y Álvaro Perrone, que generó rápidas reacciones entre sus colegas, e incluso entre juristas.
Por el momento, las respuestas de parlamentarios y referentes políticos han apuntado a la cautela. El expresidente colorado Julio María Sanguinetti opinó que le parecía "exagerado" este planteo, y la senadora frenteamlista Bettiana Díaz pidió que se evitara la "demagogia", porque para empezar el caso no tiene una "sentencia firme". "Hay que ser muy responsable con esto, porque entre otras cosas nosotros tenemos una responsabilidad como Poder Legislativo y es no generar estas expectativas de que podemos andar indultando todos los pedidos que puedan llegar", dijo en rueda de prensa.
El debate es político —forma parte de conversaciones informales entre varios legisladores, en las que se reconoce la extrema "complejidad" del asunto— pero también constitucional, aunque los pronunciamientos al respecto apuntan a que, en principio —más allá de su conveniencia—, el indulto es viable.
Por ejemplo, un informe elaborado por Ruben Correa Freitas (docente de Derecho Constitucional de la Universidad de la Empresa), y a pedido de Ojeda, recuerda que este instituto es diferente al de la amnistía, ya que en el primer caso se precisan 87 votos de la Asamblea General —la mayoría especial exigida es de dos tercios—, mientras que el segundo "se confiere por ley" y precisa "mayoría absoluta" de ambas cámaras. "Es decir —se explica en el texto del exdirector del Instituto de Derecho Constitucional de la Udelar—, que mientras que el indulto es un acto administrativo de la Asamblea General, la amnistía es un acto legislativo del Poder Legislativo".
En cualquier caso, ninguno de estos beneficios —pero especialmente el indulto— pueden dirigirse a quienes sean "reincidentes" "habituales", redactó Correa Freitas, que sobre el final del escrito se refirió a "la cuestión de si es posible que la Asamblea General otorgue un indulto a una persona que ha cometido un delito, pese a que aún no hay sentencia definitiva de condena", como observó la senadora Díaz.
"En tal sentido, corresponde aclarar que ni la Constitución de la República ni el Código Penal establecen esta condición para poder otorgar tanto la amnistía como el indulto".
Para sostener sus argumentos, el especialista citó al histórico constitucionalista Justino Jiménez de Aréchaga: "El indulto es un poder de gracia quе se acuerda a la Asamblea, como órgano de la soberanía, para corregir eventualmente un error judicial o para disminuir, por razones de equidad, el castigo de una acción delictuosa".
"Peligroso institucionalmente"
El constitucionalista Martín Risso, docente de la Universidad Católica, también sentó su posición: entiende que el indulto se trata de "una excepción al principio de separación de poderes, (y) por lo tanto es posible", pero que debía procederse con "cuidado". "Porque no puede ser que el poder político se empiece a meter, y mucho menos si lo empieza a hacer reiteradamente y los legisladores lo tienen que pensar con mucho cuidado", dijo el jurista entrevistado esta semana por Tv Ciudad. "Es peligroso institucionalmente y los legisladores lo tienen que pensar con mucho cuidado", insistió Risso, que volvió a advertir por la "puerta peligrosísima para la justicia por mano propia" que podría quedar entreabierta.
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