El presidente de la República, Yamandú Orsi, y el ministro de Trabajo y Seguridad Social, Juan Castillo, anunciaron este jueves en conferencia de prensa los detalles del proyecto de ley de promoción de empleo, anunciado por el mandatario en su discurso del 1 de marzo ante la Asamblea General.
“Apunta a jóvenes que no consiguen el primer empleo, mujeres que crían solas a sus hijos y mayores de 50 que se les complica volver a conseguir trabajo y poder jubilarse como corresponde. La idea es resolver esto con un subsidio al empleo con un 25% al 80 % según el caso", aseguró el mandatario.
Orsi indicó que "el Estado pone recursos para que empresas pequeñas o medianas puedan generar más puestos de trabajo”. Por su parte, el ministro Castillo señaló que se trata "de una propuesta concreta que fomenta la concreción de empleo, es una ley integral que tiene en cuenta la necesidad de una primera experiencia laboral".
"Van a tener prioridad poblaciones jóvenes entorno a partir de 15 a 29 años de edad, mujeres jefas de hogar, hogares monoparentales, afrodescendientes, personas trans, personas privadas de libertad, que hayan sido liberadas de tres años para atrás, personas con algún tipo de discapacidad", expresó el jerarca. Además, incluirá a "mayores de 50 años, que tienen dificultades para reinsertarse en el mercado laboral cuando quedan desempleadas y son despedidas".
"Se buscó que la parte empleadora tenga incentivos al contrato, con una escala de porcentaje de cuánto es el subsidio a ese puesto de trabajo. Los contratos más jóvenes tienen subsidio de 25% si es varón, 33% si es mujer, y subsidio de 80% del salario para personas con más dificultades, como las mujeres jefas de hogar", añadió. Por ejemplo, si una empresa contrata a una mujer jefa de hogar monoparental en condición de vulnerabilidad, por un salario de $38.000 le corresponderá un subsidio de $25.300.
Castillo señaló que se demanda "en distintas partes del territorio" por más empleo y esta propuesta "contempla" esas solicitudes. "Sabemos que todo decreto, resoluciones o leyes son perfectibles. Por lo que tomamos como base leyes anteriores, como la Ley de Empleo Juvenil (Ley N.º 19.133), Ley de Fomento al Empleo (Ley N.°19.689), Ley de Promoción del Empleo (Ley N.º 19.973) fueron tomadas en cuenta y se mantuvo lo más rescatable", dijo el ministro.
Ley de Empleo Integral
Este proyecto reemplaza la Ley de Promoción del Empleo (Nº 19.973 de 2021). El eje del cambio es pasar de una lógica de modalidades de contratación a una lógica centrada en las personas. La ley estará vigente durante todo el período de gobierno.
La ley amplía significativamente la población objetivo. Incluye: jóvenes de 15 a 29 años, personas mayores de 50 años, mujeres jefas de hogares monoparentales, personas afrodescendientes, personas trans, personas con discapacidad, y personas privadas de libertad, con medidas alternativas o recientemente liberadas (hasta 3 años post-liberación).
Incentivos económicos al sector privado (art. 13)
El mecanismo central son subsidios a las retribuciones mensuales, con tasas variables según la situación:
- Jóvenes (15-24) con desempleo >3 meses: hasta 1/3 del salario si es mujer, 1/4 si es varón.
- Jóvenes en vulnerabilidad socioeconómica: hasta 2/3 si es mujer, 1/2 si es varón.
- Mayores de 50 con desempleo >6 meses: hasta 1/3 (mujer) o 1/4 (varón); con vulnerabilidad: hasta 2/3 o 1/2.
- Personas trans, con discapacidad y liberadas: hasta el 80% del salario.
- Tope general: 3,7 BPC por contratación.
- Las empresas de hasta 19 trabajadores tienen subsidios extendidos hasta 18 meses (con reducción gradual en el segundo año).
Condiciones laborales protegidas
Los contratos deben tener entre 6 y 12 meses, con un período de prueba máximo de 45 días. Se fija jornada máxima de 20 horas semanales para menores de 18 años y se prohíbe el régimen de horario rotativo para jóvenes y mujeres jefas de hogares monoparentales.
Primer empleo en el sector público y Programa Yo Estudio y Trabajo
Se regula expresamente el programa Yo Estudio y Trabajo (antes operaba sin base legal clara), con ingreso por sorteo universal. Se incorporan empresas con participación estatal como empleadoras posibles. Los organismos públicos deben destinar al menos el 50% de sus contrataciones de becarios y pasantes a jóvenes bajo este régimen, con cuotas internas para mujeres (50%), personas en vulnerabilidad (15%), afrodescendientes (8%), discapacidad (4%), trans (2%) y mujeres en situación de violencia de género (1%).
Emprendimientos
Se habilita un subsidio de hasta el 50% de los aportes patronales (tope: 13 BFC mensuales, por 12 meses) para emprendimientos de hasta 2 años de antigüedad cuya dirección esté integrada en al menos 51% por personas de los colectivos incluidos. Aplica a unipersonales, SAS, sociedades de hecho y cooperativas.
Formación profesional
Las personas contratadas bajo la ley tienen prioridad de acceso a cursos de INEFOP, al programa Uruguay Certifica (certificación de competencias) y a propuestas de culminación de ciclos educativos. Las empresas también acceden a formación en gestión a través de Inefop, Inacoop, ANDE y MIEM.
Financiamiento
Inefop aportará hasta 10 millones de dólares anuales para los subsidios de contratación. El subsidio para personas con discapacidad se financia con el Fondo de Reconversión Laboral; el de cooperativas, con INACOOP; el de emprendimientos con discapacidad, con ANDE.
-
Los senadores de la coalición piden formalmente a Orsi que envíe la venia para ratificar a Ferrero en el cargo
Bukele es el líder internacional con mejor imagen entre los uruguayos, según Equipos Consultores
Túnel en 18 de Julio: con la postura negativa de Bergara, Orsi convoca a nueva reunión para tomar una decisión
Planteos de los empresarios: "tregua" de sindicatos, atender competitividad, críticas a Casupá, túnel en 18 y más
Pit-Cnt rechaza iniciativas "que pongan en juego la definición de empresa pública" tras propuesta de Sánchez