IRPF 2025: cuándo se tiene que presentar la declaración jurada y en qué fechas se realizan los pagos

La DGI confirma cuáles son los plazos de vencimientos para declarar y pagar el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas y el Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social.

Pago de impuestos en la DGI. Foto: Fernando Ponzetto
Dinero y constancia de la DGI de devolucion en efectivo del impuesto a la renta de personas fisicas, IRPF.
Foto: Archivo El País.

Redacción El País
En Uruguay, comienza a aproximarse el período para presentar la declaración jurada IRPF 2025 y también la del Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social (IASS) correspondientes al ejercicio 2024.

Además, un grupo de personas tendrá devoluciones automáticas por el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y el IASS, sin tener que presentar una declaración jurada.

Tanto el IRPF como el IASS son impuestos anuales. Si bien mes a mes los empleadores o institutos previsionales realizan retenciones sobre sueldos y jubilaciones, la forma de calcular los impuestos es sobre los ingresos percibidos en todo el año. Por eso, en algunos casos se está obligado a presentar la declaración jurada y en otros conviene porque se recibirá dinero de la Dirección General Impositiva (DGI) (crédito a favor).

Cuándo hay que presentar la declaración jurada para IRPF 2025

A través de su página web, la DGI confirmó las fechas de vencimiento para la presentación de la declaración jurada y el pago de saldo.

La declaración jurada IRPF correspondiente a 2024, así como la del IASS, se debe presentar desde 7 de julio al 28 de agosto.

Los contribuyentes del IRPF y del IASS, podrán efectuar el pago del saldo del ejercicio correspondiente a 2024 en cinco cuotas iguales de acuerdo al siguiente cuadro de vencimientos establecido por DGI:

1era. cuota29 de agosto de 2025
2da. cuota30 de setiembre de 2025
3era. cuota31 de octubre de 2025
4ta. cuota28 de noviembre de 2025
5ta. cuota30 de diciembre de 2025

Para aquellos que deben presentar la declaración jurada, se podrá acceder en la página web de la DGI (en fecha a determinar aún) al formulario en línea para hacer la declaración jurada de IRPF con la información cargada de su actividad del año 2024.

Dirección General Impositiva
Dirección General Impositiva.
Archivo El Pais

Podrán confirmarla o modificarla agregando deducciones, créditos por alquiler, corrigiendo ingresos o retenciones de manera sencilla y rápida.

Solo se requiere una clave que (si ya no la tiene) se solicita en las redes de cobranza RedPagos o Abitab presentando la cédula de identidad. La clave que proporcionan al contribuyente en esos locales para realizar el trámite, es reemplazada (si es que la tiene) por la identificación de ID-Uruguay.

En el caso de los jubilados con el IASS, podrán acceder en la web de la DGI (todavía no está disponible) a una declaración jurada borrador con todos los pagos y retenciones de las diferentes instituciones previsionales. La diferencia con la información cargada en el caso del IRPF es que estos datos no se pueden modificar, aunque sí se puede agregar el crédito por alquiler.

La clave también se solicita en Abitab o RedPagos con la cédula.

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