Impuesto de Primaria 2026: la primera cuota vence hoy viernes 29 de mayo y así sigue el calendario de pagos

Este impuesto anual grava las propiedades inmuebles urbanas, suburbanas y rurales, y se puede abonar en tres cuotas o su totalidad. Mirá cuáles son las fechas de vencimiento en 2026.

Moña escolar.
Moña escolar.
Foto: Leonardo Mainé/El País.

La fecha de vencimiento para abonar la primera cuota del Impuesto de Primaria es este viernes 29 de mayo de 2026. Es la primera de tres fechas de vencimiento marcadas en el calendario de la Dirección General Impositiva (DGI) para este año.

El Impuesto de Primaria es un impuesto anual que grava las propiedades inmuebles urbanas, suburbanas y rurales para financiar los créditos presupuestales de gastos e inversiones del Consejo de Educación Primaria, indica la DGI. Lo que se recauda mediante este impuesto se usa principalmente para la alimentación y el transporte de los niños a las instituciones educativas, para tareas de reparación, mantenimiento y limpieza de escuelas y útiles escolares.

Fechas de vencimiento del Impuesto de Primaria 2026

El Impuesto de Primaria se paga en tres cuotas, cuyas fechas en 2026 son las siguientes:

  • 1era. cuota: 29 de mayo de 2026
  • 2da. cuota: 31 de agosto de 2026
  • 3era. cuota: 30 de octubre de 2026

Por inmuebles urbanos, suburbanos y rurales sin explotación agropecuaria, las fechas son las siguientes:

  • 1era. cuota: entre el 2 de enero y el 29 de mayo de 2026
  • 2da. cuota: entre el 1 de julio y el 31 de agosto de 2026
  • 3era. cuota: entre el 14 de setiembre y el 30 de octubre de 2026

¿Quiénes tienen que pagar el Impuesto de Primaria?

Este impuesto debe ser abonado por los propietarios, promitentes compradores (con promesa de compraventa, inscripta o sin inscribir), usufructuarios y poseedores de bienes inmuebles urbanos, suburbanos y rurales de todo el país, siempre que el valor imponible expuesto en la cédula catastral a los efectos del pago del Impuesto Anual de Enseñanza Primaria, sea superior al monto exonerado, sin perjuicio de las exoneraciones específicas que se establezcan, indica la DGI en su página web.

Pago de impuestos ante la Dirección General Impositiva (DGI).
Pago de impuestos ante la Dirección General Impositiva (DGI).
Foto: Archivo El País.

La entidad tributaria aclara que se debe considerar que son contribuyentes a partir del año civil siguiente al de la adquisición del inmueble. Por ejemplo, una persona adquiere un inmueble en febrero de 2026, es contribuyente a partir del 1º de enero de 2027. La deuda del año del 2026 le corresponde al enajenante.

Cómo pagar el impuesto

El pago del Impuesto de Primaria se puede realizar en línea, a través de este enlace. También se puede abonar de manera presencial en cualquier local de cobranza de Abitab, Redpagos, El Correo Uruguayo. Se puede pagar una cuota o el total del año, solicitando la opción deseada.

Sede de la Dirección General Impositiva (DGI).
Edificio sede de la Dirección General Impositiva (DGI).
Foto: Archivo El País.

Otro sistema de pago es a través de un débito automático u otros gestores colectivos. Para esta opción, se debe solicitar la adhesión a la institución bancaria, tarjeta o inmobiliaria correspondiente. Las tarjetas habilitados para el débito automático son: Oca, Visa, Cabal, Créditos Directos y Club Del Este. Los bancos habilitados son: BBVA Uruguay, Santander, Itaú, Scotiabank y HSBC Bank.

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