La Corte Electoral habilitó el padrón preliminar para que las personas en Uruguay puedan corroborar si están habilitadas para votar en las elecciones de BPS a realizarse el 22 de noviembre de este año.
Se trata de una elección obligatoria en la que deben sufragar más de 2,2 millones de votantes, para elegir a tres representantes que integrarán el directorio de la entidad pública: uno por jubilados y pensionistas, otro por trabajadores activos y uno más por empresas contribuyentes.
Previo a esta nueva instancia electoral que se avecina, el gobierno informó que la población tiene hasta el 14 de setiembre para verificar en los padrones preliminares su habilitación para votar.
Cómo saber si tengo que votar en las elecciones de BPS y qué hacer si no estoy en el padrón
En las páginas oficiales de la Corte Electoral quedó habilitado el padrón preliminar para que los ciudadanos consulten sus datos, nombre, apellido y credencial cívica. Para ingresar al padrón, hacer clic en este enlace. Una vez adentro del buscador de padrón, la búsqueda se puede realizar por credencial, cédula o por nombres. Los ciudadanos tendrán que llenar los campos correspondientes, hacer clic en la verificación reCAPTCHA ("No soy un robot") e ir a "Consultar".
Inmediatamente, el sistema indicará si la persona en cuestión se encuentra habilitada para votar o no.
Si una persona no aparece habilitada en el padrón y entiende que lo debe integrar, puede realizar el reclamo en el sitio web de la Corte Electoral hasta el 14 de setiembre. Las personas que no integran el padrón no estarán obligadas a votar ni recibirán sanciones o multas.
El padrón definitivo quedará publicado por la Corte Electoral el 22 de setiembre.
Personas obligadas a votar en las elecciones de BPS
El voto será obligatorio para jubilados, pensionistas, trabajadores activos públicos y privados mayores de 18 años al 28 de febrero de 2026, así como para empresas contribuyentes registradas y al día con sus obligaciones a la misma fecha. Las personas mayores de 75 años o con discapacidad están exceptuadas de la obligación del voto.
Las empresas unipersonales votarán directamente a través de sus titulares. Por su parte, las empresas pluripersonales o sociedades deberán designar un mandatario o apoderado que las represente en la elección. El trámite para registrar mandatarios puede realizarse vía servicios en línea del BPS o por WhatsApp oficial.
Los extranjeros con derecho a voto que no posean credencial cívica también deberán registrarse para integrar el padrón electoral, utilizando su cédula de identidad de acuerdo al domicilio declarado.
Quienes no voten y no presenten justificación deberán pagar multas. Para personas, la sanción es una unidad reajustable, que son $ 1.923 a la fecha. En el caso de empresas, las multas varían de seis a 20 unidades reajustables según la cantidad de trabajadores y si no designan o el mandatario no concurre a votar.
El BPS contempla diversas causales para justificar la ausencia y evitar multas, como enfermedad, invalidez, fuerza mayor, encontrarse fuera del país o vivir en otro departamento, aunque esta última excepción no aplica para mandatarios empresariales. La Corte Electoral definirá el padrón definitivo 120 días antes de la elección.
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