"Efecto Temu": récord de paquetes arribados a Uruguay en mayo y la Aduana decidió tomar una medida

El "efecto Temu" vuelve a generar un aluvión de paquetes arribados a Uruguay por compras web en el exterior sin pagar impuestos y la Aduana debió tomar otra medida.

Aplicación de compras china, Temu.
Aplicación de compras china, Temu.

Redacción El País
El "efecto Temu" vuelve a generar un aluvión de paquetes arribados a Uruguay por compras web en el exterior sin pagar impuestos. Desde el desembarco en Uruguay de la app de comercio electrónico Temu en mayo del año pasado, se dispararon las encomiendas que llegan al país y la Dirección Nacional de Aduanas (DNA) se ha visto obligada a tomar varias medidas. Ahora, en mayo se produjo un nuevo récord de paquetes, según datos de la DNA y el organismo tomó una nueva medida.

En efecto, en mayo arribaron a Uruguay 200.390 encomiendas, según datos de la DNA, un máximo absoluto desde que existe este régimen de franquicia para compras por Internet al exterior.

Desde el desembarco de la aplicación china de comercio electrónico Temu en Uruguay a mediados del año pasado, la cantidad de paquetes que llegan al país bajo el régimen de franquicia sin impuestos aumentó en forma muy significativa. En abril de 2024 (previo al arribo de Temu) llegaron 51.389 paquetes, para junio de 2024 ya se habían incrementado a 60.732 encomiendas y para setiembre del año pasado, se superaron las 100.000 (101.172). En febrero se alcanzó un récord de 170.367 encomiendas, que ahora fue superado por las 200.390 de mayo.

Bolsa de pedido de Temu.
Bolsa de pedido de Temu.

El régimen de franquicia sin impuestos permite a cada uruguayo mayor de 18 años, realizar en el año tres compras en el exterior por Internet por un máximo de hasta US$ 200 y por hasta 20 kilos de peso cada una. Según datos del Ministerio de Economía y Finanzas, desde la llegada de Temu los uruguayos que utilizan el régimen de franquicias pasaron de 220.000 por año a 650.000 en 2024.

Pero, también creció exponencialmente el régimen simplificado, que permite importar productos de hasta US$ 200 sin límite anual de cantidad de envíos, pagando un tributo único del 60% del valor de factura con un mínimo de US$ 10.

Según un informe de la Cámara de Comercio y Servicios (Ccsuy), "hasta abril de 2024, se registraban en promedio 6.500 envíos mensuales bajo este régimen. Sin embargo, en mayo (con la llegada de Temu) comenzó un crecimiento explosivo, duplicándose los envíos y alcanzando 160.000 compras sólo en diciembre.

Este régimen que era muy marginal en su utilización, el año pasado lo usaron 330.000 personas. Esto es por lo barato de los productos de Temu, que hace que el recargo de 60% no opere como una barrera para comprar.

La nueva medida que tomó la Aduana ante el "efecto Temu"

Precisamente, sobre el régimen simplificado (con el pago del tributo) la DNA tomó una nueva medida.

La resolución firmada por el director Nacional de Aduanas, Joaquín Serra señala que "actualmente existe un alto número de paquetes retenidos que deben ampararse al monotributo del 60%, cuya declaración es realizada por el funcionario aduanero actuante, debiendo el declarante concurrir personalmente a las oficinas de la Administración de Aduana interviniente, lo cual implica una gran carga administrativa para la Administración".

Los datos bancarios que reciba la DGI se utilizarán en controles. Foto: F. Ponzetto
Joaquín Serra, director Nacional de Aduanas.
Archivo El Pais

Por ello, "con el fin de optimizar los recursos humanos, agilizar y facilitar el trámite de declaración del monotributo del 60%, resulta necesario poner a disposición de los importadores, una declaración electrónica que pueda ser realizada en forma remota", añade.

"El presente procedimiento tiene como objetivo fortalecer los controles aduaneros y contribuir a la agilización de los trámites de los envíos postales internacionales, en el marco del proyecto para la mejora en el proceso de los envíos postales internacionales", indica la resolución de Serra.

La medida consiste en la aprobación "en modalidad piloto" del “Procedimiento de control de envíos postales retenidos en despacho, al amparo del tratamiento previsto en el artículo 230 de la ley 19.355”.

Este "será de aplicación para los envíos postales internacionales de importación, transportados por operadores postales privados" y la "declaración podrá ser realizada durante el piloto únicamente por el operador postal o el despachante de aduana autorizado a través del sistema LUCIA. Completados los desarrollos necesarios del sistema LUCIA, se habilitará también su realización por parte del titular de la guía postal", establece la resolución.

Esta medida, entrará a regir a partir del próximo 7 de julio, según la resolución.

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