Se aproxima la primera fecha del cobro de la devolución de IRPF 2026, según marca el calendario de la Dirección General Impositiva (DGI) correspondiente al ejercicio 2025 del Impuesto a las Rentas de las Personas Físicas (IRPF).
Los primeros contribuyentes en cobrar la devolución recibirán el pago de DGI automáticamente a partir de este lunes 15 de junio. Esto aplica únicamente para las personas que reciban una devolución automática, sin la necesidad de presentar una declaración jurada. Las personas que cobran una devolución de IRPF en base a una declaración jurada, primero deberán realizar ese trámite entre el 29 de junio y finaliza el 31 de agosto.
¿Quiénes cobran la devolución de IRPF 2026 este 15 de junio?
La entidad tributaria detalla que el 15 de junio comienzan las devoluciones automáticas para los contribuyentes que hagan su cobro a través de bancos. Para recibir el pago por este medio, se debe realizar un trámite previo en el banco de preferencia del contribuyente. Se puede verificar a través de la página web de la DGI, ingresando con identidad digital.
El 16 de junio comienzan las devoluciones automáticas para trabajadores dependientes en redes de cobranza. Estos contribuyentes podrán cobrar sin la necesidad de realizar la declaración jurada.
Por último, a partir del 28 de julio se podrá comenzar a cobrar las devoluciones por IRPF con origen en las declaraciones juradas presentadas.
Cómo saber si tengo devolución de IRPF
La consulta de devoluciones de IRPF fue habilitada por DGI el miércoles 10 de junio. Los contribuyentes pueden averiguar si les toca recibir un crédito. Para consultar el monto y el estado de la devolución, los usuarios deben ingresar con identidad digital al servicio en línea de DGI "consulta de devoluciones". También se puede realizar la consulta por la app de DGI.
Quiénes pueden recibir una devolución de IRPF
Las devoluciones automáticas provienen del ajuste anual del impuesto que realizan los empleadores en diciembre de cada año (en este caso, diciembre 2025). En caso de corresponder, los créditos retenidos en exceso son comunicados a DGI y se devuelven sin realizar ningún trámite. Las devoluciones automáticas aplican exclusivamente a quienes hayan percibido durante el año ingresos de un único empleador y se encontraban trabajando en el mes de diciembre, explica DGI. No le corresponde a quienes hayan optado por la reducción de retenciones de IRPF por núcleo familiar, añade la entidad tributaria.
En tanto, las devoluciones con origen de declaración jurada se pueden cobrar luego de realizar el trámite ante la DGI y esperar a que el organismo estatal efectúe los controles correspondientes. Pueden tener crédito de IRPF los trabajadores dependientes, independientes y contribuyentes por rentas de capital, según DGI, que además indica que para acceder a devoluciones originadas en créditos por arrendamiento o por la deducción de cuotas de préstamos hipotecarios se deberá presentar declaración jurada.
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