A partir de este miércoles 10 de junio de 2026, los contribuyentes podrán consultar para averiguar si les corresponde recibir una devolución de IRPF en la actual campaña de la Dirección General Impositiva (DGI), correspondiente al ejercicio 2025.
Es la primera fecha clave marcada por la DGI en el calendario oficial para el Impuesto a las Rentas de las Personas Físicas (IRPF).
Cómo consultar por la devolución de IRPF 2026
Tras la habilitación de la consulta de devoluciones, los contribuyentes pueden averiguar si les toca recibir un crédito. Para consultar el monto y el estado de la devolución, los usuarios deben ingresar con identidad digital al servicio en línea de DGI "consulta de devoluciones". También se puede realizar la consulta por la app de DGI.
Fechas de cobros de devolución de IRPF 2026
En el calendario oficial de IRPF 2026, la DGI también confirmó que el 15 de junio comienzan las devoluciones automáticas para los contribuyentes que hagan su cobro a través de bancos. Para recibir el pago por este medio, se debe realizar un trámite previo en el banco de preferencia del contribuyente. Se puede verificar a través de la página web de la DGI, ingresando con identidad digital.
El 16 de junio comienzan las devoluciones automáticas para trabajadores dependientes en redes de cobranza. Estos contribuyentes podrán cobrar sin la necesidad de realizar la declaración jurada.
Por último, a partir del 28 de julio se podrá comenzar a cobrar las devoluciones por IRPF con origen en las declaraciones juradas presentadas.
A quiénes les puede corresponder una devolución de IRPF
Las devoluciones automáticas provienen del ajuste anual del impuesto que realizan los empleadores en diciembre de cada año (en este caso, diciembre 2025). En caso de corresponder, los créditos retenidos en exceso son comunicados a DGI y se devuelven sin realizar ningún trámite. Las devoluciones automáticas aplican exclusivamente a quienes hayan percibido durante el año ingresos de un único empleador y se encontraban trabajando en el mes de diciembre, explica DGI. No le corresponde a quienes hayan optado por la reducción de retenciones de IRPF por núcleo familiar, añade la entidad tributaria.
En tanto, las devoluciones con origen de declaración jurada se pueden cobrar luego de realizar el trámite ante la DGI y esperar a que el organismo estatal efectúe los controles correspondientes. Pueden tener crédito de IRPF los trabajadores dependientes, independientes y contribuyentes por rentas de capital, según DGI, que además indica que para acceder a devoluciones originadas en créditos por arrendamiento o por la deducción de cuotas de préstamos hipotecarios se deberá presentar declaración jurada.
Plazos para presentar una declaración jurada
Por otro lado, desde el 26 de junio, los contribuyentes de IRPF podrán acceder al formulario de la declaración jurada en línea con la información precargada con datos del ejercicio 2025. Se puede observar esa información en la página web de DGI, con identidad digital, o a través de la app de DGI. Los trabajadores dependientes podrán confirmar o modificar la información de su actividad en el año 2025, en caso de que corresponda. Por su parte, los trabajadores independientes deberán completar los ingresos y verificar pagos y retenciones por su actividad independiente.
El plazo para presentar la declaración jurada correrá hasta el 31 de agosto, confirmó DGI en su calendario IRPF.
Campaña de asistencia personalizada de DGI para IRPF
La DGI también anunció una serie de fechas para brindar asistencia personalizada a los contribuyentes con el objetivo de ayudarles a realizar la declaración jurada:
- 26 de junio: asistencia telefónica (llamando al 1344 opción 4)
- 29 de junio: asistencia personalizada presencial o telefónica (agenda previa por la web o por WhatsApp al 098 134400) para trabajadores dependientes
Los contribuyentes podrán agendarse para la atención personalizada a partir del 26 de junio.
Métodos de pago de la devolución de IRPF
La DGI incluye varias modalidades de cobro para que los contribuyentes reciban el pago de una devolución, en caso de que les corresponda:
- Depósito bancario: para recibir el pago por este medio, se debe realizar un trámite previo en el banco de preferencia del contribuyente
- Redes de cobranza (Abitab y RedPagos)
- Certificados de crédito: solamente si es trabajador independiente
El cobro lo puede realizar el titular del crédito o un representante, según DGI. En caso de ser el titular, se deben presentar los siguientes documentos:
- Documento de identidad (cédula de identidad o documento extranjero con el que figura inscripto en el RUT)
- Tarjeta de RUC (formulario 2/504), si es trabajador independiente o constancia de inscripción (formulario 6301 o 6351)
Para devoluciones originadas en declaraciones 1103 de núcleo familiar, puede cobrar cualquiera de los dos cónyuges presentando su documento de identidad.
Si un representante del contribuyente es quien realiza el cobro, se deberá realizar un trámite ante el RUT previamente, en Montevideo, o en la dependencia de la DGI que corresponda. En ese trámite, se debe presentar un poder que lo faculte específicamente a cobrar créditos ante la DGI, por cuenta del titular. No es necesario que realicen dicho trámite los representantes ya inscriptos en la DGI con los vínculos: madre, padre, tutor o curador, aclara el organismo estatal.
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