El próximo 6 de mayo, la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados empezará a tratar el proyecto de ley del Frente Amplio que busca la protección de los deudores de bajos recursos. Las autoridades del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) comparecerán ante la comisión a mediados de mayo para empezar la discusión formal, de la que luego participarán también el Banco Central (BCU), el Banco República (BROU), los bancos privados, las empresas administradoras de crédito, entre otros actores del sistema financiero.
Desde el MEF “mostraron la voluntad de avanzar” con la iniciativa aunque también esperan que le realicen modificaciones y mejoras al proyecto actual, según dijo la diputada impulsora del proyecto, Julieta Sierra al programa radial Así Nos va.
El proyecto consta de 40 artículos, entre los que se destacan cambios en los topes de tasa interés, la creación de un mecanismo específico para reestructurar deudas de personas físicas, así como la prohibición de determinadas prácticas consideradas abusivas.
Según se desprende del documento, entre los principales puntos, la iniciativa redefine cuándo un crédito se considera usurario. Establece que habrá usura cuando la tasa implícita supere en más de 35% (hoy es 55%) las tasas medias publicadas por el BCU, e introduce criterios adicionales para determinados créditos como los destinados a familias o aquellos con retención sobre sus ingresos.
“Muchas veces la gente termina pagando mucho más de lo que podría porque no hay control sobre la usura”, dijo Sierra. Desde la oposición plantearon cautela sobre este punto. El diputado del Partido Nacional, Pablo Abdala dijo a La Diaria que si bien “es muy fácil ponerse del lado de los débiles en lugar del lado de los fuertes”, se puede “generar como efecto una restricción del crédito, particularmente en el segmento que más necesita el acceso al crédito para el consumo”.
De acuerdo con los últimos datos del BCU actualizados por la diputada, de las personas que figuran en la Central de Riesgos (todo aquel que tiene un préstamo o tarjeta de crédito está allí), unas 700.000 tienen dificultades de pago y alrededor de 650.000 están catalogadas como deudores irrecuperables. La diputada calificó las cifras como “alarmantes” y dijo que el endeudamiento problemático afecta especialmente a mujeres y personas de menores ingresos.
Según indicó, más del 90% de los créditos en Uruguay corresponden a consumo y advirtió sobre un aumento del endeudamiento problemático en jóvenes menores de 30 años. En ese grupo dijo que actualmente hay más de 100.000 personas consideradas irrecuperables dentro del sistema.
Sobre ese punto, la iniciativa incluye un capítulo específico para la reestructuración de deudas vinculadas a créditos al consumo y plantea un procedimiento que establece una instancia obligatoria de conciliación ante la Unidad de Defensa del Consumidor del MEF, donde se buscará alcanzar acuerdos entre deudores y acreedores.
Según explicó Sierra, el proyecto prevé un plazo inicial de 10 días hábiles para que los acreedores presenten la información de las deudas y negocien una solución, aunque la diputada adelantó que este punto ya tuvo objeciones en reuniones informales, por lo que podría ser objeto de ajustes durante la discusión parlamentaria.
De acuerdo con el documento, si no se alcanza un acuerdo, el proceso pasa a la órbita judicial, ahí el deudor puede presentar un plan de pagos y, en caso de no lograrse las mayorías necesarias entre los acreedores, el juez podrá imponer una reestructuración obligatoria.
No obstante, esas condiciones judiciales estarán ajustadas a la capacidad de pago del deudor. En ese sentido, el proyecto de ley establece que las cuotas no podrán superar el 30% de los ingresos del deudor y habilita al juez a extender plazos, reducir intereses o incluso aplicar quitas, es decir liquidar la deuda pagando una cantidad inferior al total adeudado.
La diputada dijo que el proyecto está pensado para los deudores de bajos recursos. En ese sentido, establece criterios concretos para determinar quiénes pueden acceder al sistema de reestructuración de deudas.
Según el artículo 19, podrán iniciar el proceso aquellas personas cuyas deudas provengan de créditos al consumo sin garantía real. Además se fijan límites económicos y patrimoniales ya que podrán beneficiarse del sistema quienes tengan ingresos anuales líquidos menores o iguales a 150.000 unidades indexadas (UI, $ 978.330 a hoy, unos $ 81.000 al mes), que no tengan inmuebles a su nombre o que solo tengan una vivienda pero cuyo valor no supere las 700.000 UI ($ 4.565.540 a hoy), y que no cuenten con bienes muebles por encima de las 75.000 UI ($ 489.165 a hoy).
La iniciativa también regula las prácticas de cobro, prohíbe las conductas consideradas “abusivas”, tales como amenazas, el uso de información engañosa, simulación de documentos oficiales o contactos reiterados en horarios inapropiados.
Además, incorpora medidas vinculadas a la transparencia del sistema al obligar a que toda oferta de crédito informe de forma clara la tasa de interés efectiva anual, el monto total a pagar y las penalidades por incumplimiento; y también busca mandatar al MEF para que fortalezca a la Unidad de Defensa del Consumidor.
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