En el mes de mayo vencerá el plazo marcado por el Banco de Previsión Social (BPS) para que un grupo de personas que tuvieron actividad laboral antes del 1º de abril de 1996 realicen el trámite del reconocimiento de los años trabajados antes de esa fecha, para que se sumen a su futura jubilación.
Este trámite debe ser realizado por las personas cuyos servicios previos a abril de 1996 no figuran en su historia laboral. El reconocimiento de servicios de BPS debe tramitarse antes del domingo 31 de mayo de 2026, que es la fecha en la que vence el plazo.
¿Quiénes deben realizar este trámite?
BPS indicó en su anuncio que esto aplica para las personas que residen en Uruguay y nacieron hasta el 1° de junio de 1963, inclusive, y prestaron servicios como trabajadores antes del 1º de abril de 1996.
Cómo tramitar en BPS el reconocimiento de años trabajados
Las personas comprendidas deberán agendarse en la página de BPS, bajo la opción "Reconocimiento de años trabajados". Si ya se agendaron para este trámite o gestionaron la solicitud de jubilación, que incluye el reconocimiento, solo deben esperar a la fecha de su reserva de agenda.
Por su parte, las personas que viven en el exterior pueden realizar esta gestión hasta el 31 de mayo de 2028, según BPS.
Plazos para tramitar el reconocimiento de años trabajados ante BPS
BPS agregó que para los otros casos, según la edad de los trabajadores, hay diferentes plazos para hacerlo en una etapa posterior. A continuación se pueden encontrar las fechas de vencimiento por edad:
| Fecha de nacimiento | Inicio del plazo para reconocimiento | Final del plazo para reconocimiento |
| Hasta el 1° de junio de 1963, inclusive | 1° de junio de 2023 | 31 de mayo de 2026 |
| Entre el 2 de junio de 1963 y el 1° de junio de 1968 | 1° de junio de 2025 | 31 de mayo de 2027 |
| Entre el 2 de junio de 1968 y el 1° de junio de 1973 | 1° de junio de 2027 | 31 de mayo de 2029 |
| Desde el 2 de junio de 1973, inclusive | 1° de junio de 2029 | 31 de mayo de 2031 |
Los plazos para las solicitudes de reconocimiento de años trabajados para personas residentes en el exterior se amplían por dos años en cada franja.
Por otro lado, los trabajadores que tienen actividades con bonificación pueden agendarse para hacer el trámite antes del plazo que les correspondería, siempre y cuando estén por alcanzar los años de edad requeridos y trabajo para jubilarse, indicó BPS. Las personas que perciben una pensión por vejez o invalidez también pueden hacer la gestión antes del plazo.
Para más información, BPS ofrece los siguientes canales de consultas:
- Teléfono: 0800 1997, opción 4
- WhatsApp: 098 00 1997
- Asistente en línea (se debe ingresar con un Usuario Gub.uy)
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