Redacción El País
El Banco de Previsión Social (BPS), informó un cambio en los plazos para aquellos que deben acreditar la fe de vida.
La fe de vida es la constancia de que la persona está viva, que es solicitada a quienes residen fuera del país y perciban pasividades del BPS. Para quienes realizaron el trámite antes del 1° de julio, la acreditación conservará la validez hasta su vencimiento.
A partir del pasado 1° de julio de 2025, el Banco de Previsión Social modificó la vigencia para acreditar la fe de vida para uruguayos que están en el exterior y cobran prestaciones. La ampliación del plazo de vigencia de esta representa una mejora significativa para los residentes en el exterior ya que permite realizar el trámite con menor frecuencia, desde su hogar y sin la necesidad de contar con un Usuario Personal del BPS. El objetivo principal es poder brindar mayor comodidad, autonomía y tranquilidad, a través de lo que se percibe como “simplificar la gestión”.
Nuevas vigencias y modalidad
Estas aplican para los registros posteriores al 1° de julio, según cada modalidad:
- Reconocimiento facial (biometría): se amplía de 30 a 90 días.
- Documentación física: se reduce de 90 a 60 días.
- Presencial: se mantiene en 90 días.
De momento, la opción de realizar el trámite de esta maner está disponible para aquellos que cuenten con cédula de identidad uruguaya, documento de identidad argentino o español. Dicho documento debe coincidir con el relacionado al pago de la prestación.
Al culminar el trámite, obtienen una constancia en línea que confirma la realización de la gestión e informa la próxima fecha de vigencia.
Requisitos
La fe de vida se puede gestionar por diferentes vías:
- Por reconocimiento facial (biometría): desde un dispositivo con cámara, accediendo al servicio en línea Registrar Mi Fe de Vida. Esta opción no está disponible para quienes la solicitan por primera vez.
- Por certificado: acercarse a un consulado cercano o presentarse ante las autoridades locales (seccionales policiales, juzgados, etc.) del país de residencia. Es necesario presentar la cédula uruguaya o documento del país de residencia.
- Presencial: El titular deberá concurrir con cédula de identidad uruguaya o documento del país de residencia, al consulado uruguayo más próximo a su domicilio (puede consultar aquí el listado de las oficinas consulares).
Es responsabilidad del beneficiario mantener la fe de vida vigente, pudiendo renovarla en cualquier momento previo al vencimiento. En caso de no hacerlo, los pagos por parte del BPS serán suspendidos, informó el organismo.
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