El próximo viernes 11 de setiembre de 2026 se conmemora en Uruguay el Día del Trabajador de la Salud y el Día del Trabajador del Servicio de Acompañantes, que representa una jornada de feriado no laborable para las personas pertenecientes a estos rubros.
Este asueto se encuentra determinado por el Decreto N.° 258/987 promulgado en mayo de 1987, a los que luego se agregó la Quinta Ronda de Consejos de Salarios de 2012 y el Decreto N.° 586/005, respectivamente.
Quiénes no trabajan el viernes 11 de setiembre por el feriado no laborable
La jornada de asueto aplica para los trabajadores pertenecientes al grupo 15 de los Consejos de Salarios. Particularmente, a los subgrupos denominados: Salud general, Servicio de acompañantes y Ambulancias que realizan traslados de pacientes sin asistencia.
Al tratarse de un feriado no laborable, los trabajadores comprendidos dentro del decreto podrán no realizar su labor y percibir su sueldo mensual de manera normal. En caso de trabajar durante la jornada del 11 de setiembre, los trabajadores deberán percibir una remuneración doble como establece el artículo de la Ley N.° 12.590.
Esto aplica de la misma manera que sucede con los feriados que se celebran a nivel nacional el 1° de enero, 1° de mayo, 25 de agosto y 25 de diciembre.
Cuándo será el próximo feriado en octubre en Uruguay
El próximo feriado que abarca todo el territorio uruguayo es el Día de la Raza, el lunes 12 de octubre de 2026.
Esta jornada, que conmemora la llegada de Cristóbal Colón a América en 1492, se trata de un feriado laborable; por lo que en caso de trabajar, la remuneración será la misma que en cualquier otro mes, sin sufrir modificaciones.
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