El Estado deberá garantizar el traslado gratuito en ómnibus de personas con síndrome de Down, TEA y ciegos

La resolución de la jueza María Eugenia Ferrer Sugo ampara la aplicación de la ley 18.651, mientras que la Dirección Nacional de Transporte controlará el uso correcto del beneficio.

Terminal de Rio Branco
Movimiento de pasajeros en andenes de la Terminal Baltasar Brum de omnibus de la calle Rio Branco, en Montevideo.
Foto: Ignacio Sánchez/Archivo El País.

La Justicia condenó al Estado a aplicar el artículo 83 de la ley 18.651, que establece el transporte público gratuito para personas con discapacidad. Esto llega luego de que unas 40 personas con discapacidad interpusieran un recurso de amparo contra el Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP) y el Ministerio de Salud Pública (MSP) para acceder al "pase libre" de transporte. Aunque este beneficio está garantizado por la normativa, aún no se ha hecho efectivo.

"Todas las empresas de transporte colectivo nacional terrestre de pasajeros están obligadas a transportar gratuitamente a las personas con discapacidad en las condiciones que determinará la reglamentación", establece el artículo 83 de la Ley de Discapacidad (18.651), aprobada en 2010.

El decreto 176/021, que reglamentó dicha ley, estableció que para obtener el "carnet de transporte gratuito" es necesario acreditar la situación de discapacidad ante el Departamento de Certificaciones y Juntas Médicas del MSP. Sin embargo, dicha área aún no existe, lo que ha truncado las solicitudes.

La sentencia a la que accedió El País, dictada por la jueza María Eugenia Ferrer Sugo, establece que las empresas concesionarias de transporte colectivo de pasajeros por carretera "están obligadas a realizar el traslado gratuito con derecho a asiento y/o al lugar reservado para personas con discapacidad, por vehículo, tanto en el transporte suburbano como en el transporte interdepartamental".

Además, para obtener este beneficio, los interesados deberán gestionar un carné de transporte gratuito para personas con discapacidad. En ese sentido, la sentencia establece que toda persona con discapacidad tendrá derecho al carné si lo gestiona en el Departamento de Certificaciones y Juntas Médicas del MSP y lo presenta luego ante las empresas de transporte.

Discapacidad. Foto: Archivo El País

Por otro lado, el carné "será válido de acuerdo a la transitoriedad o permanencia de la discapacidad, según lo determine el MSP".

En relación a su fiscalización, la Dirección Nacional de Transporte y Obras Públicas deberá controlar "el mal uso" del carné de transporte gratuito. En esa línea, si para esa dependencia existen motivos para suponer que la persona ya no sufre discapacidad, "deberá solicitar al Departamento de Certificaciones y Juntas Médicas del MSP su pronunciamiento técnico".

El precedente judicial

El precedente judicial para esta condena fue establecido Felipe Freire, un joven con autismo que ganó un juicio de amparo hace un año y medio para obtener el pase libre. Su padre, Andrés Freire, continuó impulsando el acceso al beneficio a través de la Coordinadora Pase Libre Nacional para otras personas con discapacidad.

Terminal de Tres Cruces
Movimiento de pasajeros en andenes de la Terminal de omnibus de Tres Cruces por semana santa, semana de turismo, en Montevideo.
Estefania Leal/Archivo El Pais

Entre los demandantes hay personas con síndrome de Down, trastorno del espectro autista (TEA) y ceguera. El País conversó con varios de ellos o sus familiares, quienes manifestaron que no tener garantizado este carnet, un derecho establecido por ley, limita el desarrollo de sus vidas.

El reclamo del pase libre cuenta con apoyos a nivel político. "Es una situación bastante injusta. Hago un mea culpa porque es un tema que viene desde hace 16 años. El artículo 83 de la Ley 18.651 consagra el derecho a viajar en forma gratuita en el transporte colectivo a todas las personas con discapacidad", dijo a El País la diputada blanca Fernanda Auersperg, quien fura en el período pasado directora nacional de Protección Social del Mides.

¿Encontraste un error?

Reportar

Temas relacionados

MSPMTOP

Te puede interesar