Presupuesto del gobierno plantea cambios en proceso de divorcio por sola voluntad de uno de los cónyuges

El proyecto de ley elimina el requerimiento de antigüedad de dos años desde celebrado el matrimonio para inciar el proceso y acorta el trámite necesario.

Una matrimonio firma los papeles de divorcio.
Una matrimonio firma los papeles de divorcio.

Entre algunas de las novedades que presenta el Presupuesto Quinquenal presentado por el Poder Ejecutivo el pasado domingo, se incluyen modificaciones para simplificar el proceso de poner fin a un vínculo matrimonial por la sola voluntad de uno de los cónyuges.

En el artículo 481 del proyecto de ley, se plantea la modificación del artículo 10 de la ley 19.075, que había establecido cambios en el Código Civil. La normativa en cuestión señala que el divorcio solo puede pedirse por “el mutuo consentimiento de los cónyuges”, quienes deberán comparecer personalmente ante un juez para comenzar con el proceso judicial.

No obstante, el Presupuesto indica las siguientes condiciones para llevar adelante el divorcio por la sola voluntad de una de las partes: “Será necesario que el cónyuge comparezca por escrito ante el juez letrado de su domicilio, expresando su voluntad de poner fin al vínculo matrimonial. El juez decretará la separación provisional de los cónyuges y convocará a audiencia. En dicha comparecencia, se dictarán las medidas provisionales que correspondan (artículo 167 del Código Civil), y se consultará al cónyuge que inició el proceso si persiste en su voluntad de divorciarse; en caso de que el compareciente mantenga su voluntad de poner fin al vínculo matrimonial, se dictará sentencia decretando el divorcio”.

Para completar el trámite, quien lo inició deberá comparecer a la audiencia que fije la Justicia. Esta modificación en el Presupuesto fue advertida este lunes por el abogado y exprosecretario de Presidencia, Leonardo Costa, que mencionó este lunes en En Perspectiva varios de los cambios propuestos por el proyecto del Ejecutivo en el Presupuesto.

Aunque la posibilidad de pedir el divorcio por la sola voluntad de las partes ya está permitido, la modificación al numeral tres del artículo 187 del Código Civil elimina algunos requisitos como poder solicitarlo antes de los dos años de la celebración del matrimonio, condición excluyente existente actualmente. La norma actual indica que el pedido de divorcio “por sola voluntad no podrá solicitarse sino después de haber transcurrido dos años de matrimonio”

Además, se reduce el proceso de tres a audiencias —cada 60 días cada una— a una sola en la que la persona que inició el trámite deberá ratificar su deseo de poner fin al vínculo legal.

 

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