Destruyen dos toneladas y media de pescado extraídas de zona no autorizada cercana a central de UTE

La embarcación, de pesca artesanal, operaba de forma ilegal en una zona de exclusión ubicada en Punta del Tigre. En el operativo fue atrapada una persona con una requisitoria pendiente.

Prefectura. Foto: archivo El País.
Personal de Prefectura.
Foto: Archivo El País.

Personal de la Subprefectura de Santiago Vázquez incautó este viernes una embarcación de pesca artesanal que operaba de forma ilegal en la zona de exclusión de la central de UTE de Punta del Tigre, en el departamento de San José.

De acuerdo a la información policial, el personal de la Armada decomisó la embarcación, equipos y dos toneladas y media de pescado. La pesca fue destruida en una acción coordinada con la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos (Dinara) y las autoridades departamentales de San José.

Desde la Armada señalaron que "hubo personas intervenidas" y que una de ellas tenía una "requisitoria pendiente", por lo que quedó a disposición de la Fiscalía de Libertad. "La Prefectura Nacional Naval recuerda la importancia de respetar las normas de seguridad náutica y la legislación vigente", agregó la organización en su comunicado.

Móvil de Prefectura en Punta Negra
Móvil de Prefectura en Punta Negra
Foto: Ricardo Figueredo

Tribunal confirmó la formalización del responsable de Valentino Uruguay por estafa e infracción a la Ley de Marcas

El Tribunal de Apelaciones Penal de 3er Turno confirmó por unanimidad la formalización del director de Pranabest S.A. —firma que opera bajo el nombre Valentino Uruguay—, por un delito continuado de estafa en reiteración real con un delito previsto en la Ley de Marcas.

En la sentencia a la que accedió El País los ministros Julio Olivera, José Gómez y Gabriel Ohanian ratificaron la resolución adoptada el 19 de febrero por el juez de Crimen Organizado Fernando Islas, a pedido de la fiscal de Delitos Económicos y Complejos Sandra Fleitas.

El tribunal concluyó que los elementos presentados por Fiscalía son suficientes para dar inicio al proceso penal. La sentencia aclara que la formalización no implica una declaración de culpabilidad, sino que se trata de una evaluación “primaria” y “provisoria” destinada a establecer si existe una hipótesis delictiva seria y verosímil para continuar el proceso.

La defensa del empresario, encabezada por el abogado Gumer Pérez, había solicitado que se revocara la formalización por considerar que el empresario desarrollaba su actividad comercial al amparo de registros marcarios otorgados por el Estado uruguayo.

Respecto del delito de estafa, la defensa argumentó que no existió un engaño apto para inducir a error a los consumidores. Para ello mencionó las diferencias de precios, calidad, posicionamiento comercial y canales de venta entre Valentino Uruguay y la casa italiana de lujo.

El tribunal no resolvió estas discusiones de fondo. Entendió que los argumentos sobre la titularidad y el alcance de los registros, la existencia del engaño y la validez de la denuncia deberán analizarse en las etapas posteriores y durante un eventual juicio oral.

Para que la formalización fuera revocada en esta instancia, según el criterio del Tribunal, debía existir una atipicidad “grosera, ostensible, manifiesta” que permitiera concluir desde el comienzo que la conducta no era delictiva. Los ministros entendieron que eso no ocurre en este caso.

¿Encontraste un error?

Reportar

Temas relacionados

San José

Te puede interesar