La Justicia condenó este martes a la excorredora de bolsa Sara Goldring como autora de un delito continuado de apropiación indebida a 24 meses de prisión, que serán sustituidos por un régimen de libertad a prueba. El juez de Crimen Organizado Alejandro Asteggiante aprobó el acuerdo abreviado entre la Fiscalía y su defensa, por el que Goldring admitió haber utilizado fondos de clientes para cubrir pérdidas de otros inversores y haberles ocultado información para evitar una corrida.
La condena establece seis meses de arresto domiciliario nocturno, entre las 21:00 y las 09:00, además de las obligaciones de fijación de domicilio, presentación una vez por semana en seccional policial y trabajo comunitario. También incorpora el pago de US$ 1 millón como "reparación del perjuicio", que se suma a los casi US$ 13 millones previstos en el acuerdo patrimonial con las víctimas del caso.
El fiscal de Lavado de Activos, Enrique Rodríguez, explicó que Goldring compareció el 16 de octubre en Fiscalía junto a su defensa y aceptó haber participado en los hechos. Después de presentar los términos del acuerdo, el fiscal formuló la acusación. La Fiscalía había solicitado originalmente cuatro años de penitenciaría.
Según expuso Rodríguez, el perjuicio acreditado en la liquidación y confirmado por el Banco Central del Uruguay (BCU) es de poco más de US$ 21 millones. El Acuerdo Privado de Reorganización fue aceptado por casi el 83% de los acreedores (se necesitaba un 75%) y contempla el cobro del 60% de sus créditos, por un monto cercano a US$ 13 millones.
El fiscal señaló que ya hubo un pago de US$ 2,7 millones. También mencionó que Goldring renunció a valores que tenía en CVM para que se incorporaran a la masa destinada a las víctimas.
Goldring también aceptó la confiscación de US$ 6,8 millones depositados en bancos de Estados Unidos. Para concretarla se librará un exhorto judicial. Si los fondos de esa cuenta no alcanzan para cubrir la suma, se recurrirá a otras cuentas. El dinero será remitido a Lideco para incorporarlo a la liquidación.
Se utilizaron los fondos de otros clientes
El fiscal describió una operativa que concentraba fondos y valores de distintos clientes en cuentas a nombre de CVM en Estados Unidos, conocidas como cuentas ómnibus. La empresa tenía mandatos de libre administración para realizar inversiones, pero esos contratos no autorizaban a utilizar el dinero de un cliente para cubrir pérdidas de terceros.
Entre las operaciones realizadas se encontraban las opciones put. El vendedor de una de estas opciones asume la obligación de comprar acciones a un precio pactado si el comprador ejerce su derecho. Si la cotización cae, puede verse obligado a adquirirlas por un valor superior al de mercado. Aunque recibe una prima por asumir ese riesgo, esa remuneración puede resultar insuficiente para cubrir las pérdidas.
Según la acusación aceptada por Goldring, CVM no exigió garantías suficientes para el caso de que el capital de los clientes que participaban en esas operaciones no alcanzara para afrontar las obligaciones. Para cubrirlas fueron usados fondos de otros clientes de la misma cuenta ómnibus que no habían invertido en esos productos.
El fiscal sostuvo que la apropiación indebida no consistió en quedarse con el dinero para un beneficio personal, sino en darle un destino distinto del pactado.
Goldring también reconoció que ocultó información para evitar una corrida de clientes. Los estados de cuenta no reflejaban las pérdidas ni la verdadera situación económica de los inversores.
La discusión sobre el acuerdo y los embargos
Antes de la presentación del abreviado, la abogada Patricia Regules formuló dos objeciones. Sostuvo que el acuerdo era inadmisible por no cumplir los requisitos legales y planteó que, si se aceptaba, no debían liberarse los bienes embargados. Dijo que una reducción de la pena no justificaba disminuir el monto del decomiso y que los bienes objeto de apropiación debían restituirse a sus dueños.
Rodríguez explicó que, cuando presentó la acusación original, todavía no existía una oferta de pago como la que se había logrado. Por eso, argumentó que la nueva situación debía contemplarse al definir la reparación.
El fiscal también afirmó que quienes no adhirieron al acuerdo conservan la posibilidad de reclamar por la vía civil. Eduardo Sasson, abogado de un grupo de damnificados, destacó la complejidad de la investigación y sostuvo que el conflicto penal "no resuelve todos los conflictos del caso". También planteó que no podía mantenerse una medida cautelar penal después de la sentencia y que correspondía analizar las medidas que pudieran pedirse en un proceso civil.
Pablo Donnángelo agregó que la Fiscalía había convocado a los representantes de las víctimas a una reunión previa al acuerdo y afirmó que en esa instancia había escuchado a Regules felicitar al equipo fiscal por la negociación.
La defensa de Goldring, integrada por Gonzalo Fernández y Marcelo Domínguez, rechazó los cuestionamientos sobre la legalidad de la salida acordada.
Tras más de una hora de discusión, el juez respondió al planteo y sostuvo que la ley permite realizar el acuerdo hasta que la sentencia quede ejecutoriada, aunque aclaró que todavía debía conocer el contenido del acuerdo antes de pronunciarse sobre aspectos como la pena. Finalmente, terminó admitiendo el acuerdo en todos sus términos.
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