Confirmaron la prisión domiciliaria para Moisés Martínez: los motivos del Tribunal para ratificar el fallo

Pese al riesgo de fuga alegado por la Fiscalía de Homicidios, los magistrados consideraron que el monitoreo electrónico es suficiente tras analizar la historia de vida del joven y su familia.

Moisés Martinez.
Moisés Martinez.
Foto: Ignacio Sánchez/El País.

El Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 1° Turno confirmó este miércoles la resolución que sustituyó la prisión preventiva por arresto domiciliario total con tobillera electrónica para Moisés Martínez, condenado en primera instancia por el homicidio de su padre ocurrido en mayo de 2025. La decisión fue adoptada por unanimidad y mantuvo las medidas cautelares dispuestas por la jueza de 45° Turno, María Noel Odriozola, mientras el caso continúa en trámite judicial.

La resolución judicial establece que Martínez deberá cumplir arresto domiciliario total en la vivienda de su madre, en Montevideo, bajo un doble sistema de monitoreo electrónico compuesto por tobillera y baliza de control domiciliario. La medida cautelar se extenderá hasta el 26 de noviembre de 2026, salvo que sea modificada o sustituida antes de esa fecha, informó El Observador y confirmó El País al acceder a la resolución.

La Fiscalía de Homicidios de 1° Turno había apelado la decisión de primera instancia y solicitó que se mantuviera la prisión preventiva. En su argumentación sostuvo que existía riesgo de fuga debido a la condena impuesta —de 12 años de penitenciaría, aunque aún no firme— y al monto de la pena prevista. Además, señaló que el imputado no se había presentado voluntariamente ante la Justicia sino que fue detenido por la Policía tras el crimen.

La defensa, en tanto, pidió confirmar el arresto domiciliario y sostuvo que las medidas cautelares dispuestas resultaban suficientes para neutralizar cualquier riesgo procesal. También argumentó que el estado de inocencia del imputado permanece vigente hasta que exista una sentencia firme y recordó que el caso involucra circunstancias excepcionales vinculadas a la historia de violencia intrafamiliar sufrida por el acusado y sus hermanas.

Moisés Martinez.
Moisés Martinez.
Foto: Ignacio Sánchez/El País.

La Fiscalía que encabeza Sabrina Flores había apelado el primer fallo de Odriozola que disponía el arresto domiciliario —ocurrido el 20 de abril— y este martes apeló la nueva decisión de mantener la medida pese a los incumplimientos denunciados. El tribunal por el momento se expidió solo por la primera apelación.

Decisión del Tribunal

En el fallo, el Tribunal repasó los hechos que fueron considerados probados en la sentencia de primera instancia. Según la resolución, Martínez Pereira mató a su padre, Carlos Martínez, mediante múltiples disparos de arma de fuego en una vivienda ubicada en Camino del Oriente, en Montevideo. El documento judicial señala que se efectuaron 15 disparos y que luego el cuerpo fue arrastrado y ocultado dentro de la casa.

La sentencia también recoge antecedentes de violencia familiar y abuso sexual. El padre de Martínez Pereira había sido condenado en 2010 por un delito continuado de atentado violento al pudor contra una de sus hijas menores. Además, el Tribunal consignó que el imputado sufrió durante su niñez y adolescencia maltratos físicos y psicológicos por parte de su padre, al igual que su madre y hermanas.

De acuerdo con la reconstrucción judicial, días antes del homicidio el imputado mantuvo conversaciones con una de sus hermanas sobre episodios de violencia ocurridos durante la infancia, situación que lo dejó en un estado de fuerte angustia. La resolución también recuerda que, al momento de la llegada de la Policía al lugar del crimen, Martínez Pereira salió por una ventana de la vivienda y expresó haber hecho “lo que tenía que hacer”.

El Tribunal entendió que, en esta etapa del proceso, el arresto domiciliario con monitoreo electrónico resulta una medida suficiente y proporcional, por lo que resolvió confirmar íntegramente la decisión apelada.

Moisés Martinez junto a su abogado, Rodrigo Rey.
Moisés Martinez junto a su abogado, Rodrigo Rey.
Foto: Ignacio Sánchez/El País.

¿Por qué está en domiciliaria pese a estar condenado?

La ley establece que todos somos inocentes hasta que se demuestre lo contrario y que el estado de inocencia se destruye ante una condena firme. La condena contra Martínez no está firme y fue apelada. Por lo tanto, debe seguir siendo tratado como inocente.

Antes había ido a la cárcel porque el Código del Proceso Penal prevé que los imputados que no tengan condena firme pueden ser sujetos a medidas cautelares (entre ellas la prisión preventiva) cuando su libertad implique un riesgo para la causa. Inicialmente, la Fiscalía había pedido esta medida porque de cualquier otra manera él podría entorpecer la causa: existía la posibilidad de que interfiriera en las declaraciones de sus hermanas, que serían testigos claves en el juicio. También alegaron que existía riesgo de que buscara fugarse. Pero este riesgo, dijeron sus abogados y aceptó la Justicia, cesaron y pueden ser contenidos con un arresto domiciliario.

Reserva

El nuevo Código del Proceso Penal prevé que todas las audiencias judiciales a partir de la imputación serán públicas. Así lo fue el caso Moisés durante todo el proceso. La audiencia del martes fue declarada reservada a pedido de la defensa. Se solicitó alegando que se tratarían detalles de la situación de la salud mental del condenado y eventuales diagnósticos, lo que tiene que ver con su esfera más íntima y ameritaba privacidad. Todos los documentos relativos a esto —pericias e informes médicos— se separarán del expediente (se formará una pieza) y esa parte será reservada para el público.

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