La jueza María Noel Odriozola escuchó a dos testigos este martes previo a decidir si disponía el reingreso de Moisés Martínez a la cárcel o mantenía el arresto domiciliario. Esto ocurrió luego de que la Dirección de Medidas Alternativas (Dinama) reportara incumplimientos y la Fiscalía, basándose en ello, hubiera pedido la revocación de la medida. Sin embargo, una de las abogadas de Martínez, María de la Paz Echetto, indicó que la jueza Odriozola recogió sus argumentos y entendió que "los incumplimientos no dan cuenta de un dolo, de una intención real de fuga" y consideró que eran "de recibo" las explicaciones. En la misma audiencia, surge del decreto al que accedió El País, Odriozola dispuso que el Instituto Técnico Forense realice una pericia "urgente a los efectos de saber el estado actual de salud mental del imputado".
Esta resolución de la jueza busca atender la situación en la que se encuentra el condenado, quien intentó suicidarse el 1 de mayo mediante la ingesta de medicamentos psiquiátricos. En base al resultado de la pericia, se determinarán las necesidades de su tratamiento. Rodrigo Rey, otro de sus abogados, dijo en la conferencia de prensa que él está dispuesto a realizar un tratamiento y que se evaluará si hay necesidad de que esté algún tiempo internado o puede realizarlo en forma ambulatoria.
Uno de los testigos que declaró fue un oficial de Dinama, que dio cuenta de tres incumplimientos ocurridos en los días 27 y 28 de abril. En ese momento, Martínez debía de estar en su casa, dado que el arresto domiciliario total implica que no puede salir de ese lugar sin autorización judicial. Si lo hace, a esta dependencia del Ministerio del Interior le aparece una alerta.
El incumplimiento del primer día duró 29 minutos —la defensa alegó que se trató de un problema técnico que fue saldado— y los del segundo día fueron de seis minutos y de tres minutos respectivamente. Sobre el más grave, Echetto explicó que "en realidad durante ese tiempo no se tiene una traza" geolocalizada de él producto de que "no estaba instalado el dispositivo baliza que es el que controla el perímetro". La defensa presentó al cuñado de Martínez como testigo, puesto que durante ese tiempo —aseguró el hombre— estaba con él en la casa y podía dar fe de que no se alejó. A su vez, sonó una alerta y se determinó que efectivamente estaba en el lugar, indicó la defensa.
El cuñado declaró en la audiencia frente a la jueza. Sin embargo, la Fiscalía anunció que denunciaría el hecho por entender que podría tratarse de un caso de falso testimonio, reconstruyó El País. Las fiscales entendieron que el hombre dio detalles que son incongruentes con la realidad. Otro fiscal conducirá esa investigación y determinará si amerita judicializar el caso o lo archivará.
Respecto de los otros dos incumplimientos, los del día 28, Echetto explicó que fueron solo "minutos" y que concurrieron en la "madrugada" cuando su cliente "estaba ya bajo el efecto de alguna ingesta de psicofármacos, sin comprender mucho cuál era el perímetro". En ese momento, fue llamado por la madre de sus hijos para que la fuera apoyar con un problema que había ocurrido a una cuadra de su casa. Cuando fue alertado por Dinama via teléfono que estaba incumpliendo la medida, retornó a su casa, agregó la abogada.
Aunque la jueza definió, por ahora, mantener el arresto domiciliario, esto será sometido a consideración del Tribunal de Apelaciones dos veces. Esto se debe a que la Fiscalía que encabeza Sabrina Flores había apelado el primer fallo de Odriozola que disponía el arresto domiciliario —ocurrido el 20 de abril— y este martes apeló la nueva decisión de mantener la medida pese a los incumplimientos denunciados. El tribunal por el momento no se expidió.
Moisés Martínez fue condenado a 12 años de cárcel por haber matado a su padre tras una infancia llena de abusos hacia él y sus hermanas. La jueza Odriozola entendió que no se se dan las condiciones necesarias para aplicar el artículo 36 del Código Penal (homicidio liberatorio). Tras el fallo, el acusado cambió de defensa y asumió Rey junto a Echetto e Ivana Messano, quienes apelaron la sentencia.
¿Por qué está en domiciliaria pese a estar condenado?
La ley establece que todos somos inocentes hasta que se demuestre lo contrario y que el estado de inocencia se destruye ante una condena firme. La condena contra Martínez no está firme y fue apelada. Por lo tanto, debe seguir siendo tratado como inocente.
Antes había ido a la cárcel porque el Código del Proceso Penal prevé que los imputados que no tengan condena firme pueden ser sujetos a medidas cautelares (entre ellas la prisión preventiva) cuando su libertad implique un riesgo para la causa. Inicialmente, la Fiscalía había pedido esta medida porque de cualquier otra manera él podría entorpecer la causa: existía la posibilidad de que interfiriera en las declaraciones de sus hermanas, que serían testigos claves en el juicio. También alegaron que existía riesgo de que buscara fugarse. Pero este riesgo, dijeron sus abogados y aceptó la Justicia, cesaron y pueden ser contenidos con un arresto domiciliario.
Reserva
El nuevo Código del Proceso Penal prevé que todas las audiencias judiciales a partir de la imputación serán públicas. Así lo fue el caso Moisés durante todo el proceso. La audiencia del martes fue declarada reservada a pedido de la defensa. Se solicitó alegando que se tratarían detalles de la situación de la salud mental del condenado y eventuales diagnósticos, lo que tiene que ver con su esfera más íntima y ameritaba privacidad. Todos los documentos relativos a esto —pericias e informes médicos— se separarán del expediente (se formará una pieza) y esa parte será reservada para el público.