La Suprema Corte de Justicia (SCJ) puso punto final a un proceso judicial que conmocionó a Paysandú, al confirmar la condena de ocho años y dos meses de penitenciaría para un hombre que se desempeñaba como policía y docente.
El fallo, que desestimó el recurso de casación interpuesto por la defensa, ratifica la responsabilidad del imputado en reiterados delitos de contacto con una menor a través de medios informáticos, abuso sexual agravado y fabricación de material pornográfico infantil.
La investigación, liderada por la fiscal Cecilia Irigoyen, logró reconstruir cómo en 2020 —aprovechando el contexto de la pandemia— el agresor inició un contacto por redes sociales con una joven que entonces tenía 17 años.
Lo que comenzó bajo la apariencia de un "apoyo estudiantil" derivó rápidamente en una maniobra de grooming, donde el hombre utilizó su asimetría de poder y autoridad para manipular emocionalmente a la víctima, obteniendo registros audiovisuales y concretando prácticas sexuales no consentidas, informó Fiscalía General de la Nación.
El perfil del agresor y las señales de manipulación
El dictamen fiscal destaca que el imputado se valió de su doble rol como funcionario público y educador para ganar la confianza de la adolescente. Durante el juicio oral, se presentaron pruebas periciales de los dispositivos electrónicos que evidenciaron la progresión del acoso: los contactos iniciales en Facebook escalaron hacia comunicaciones privadas por WhatsApp, donde se exigían audios y videos de índole sexual.
Según los expertos, el silencio o la falta de resistencia inicial de la víctima no deben interpretarse como consentimiento, sino como indicadores de una "indefensión y sumisión" provocada por la manipulación del adulto.
Informes del Instituto Técnico Forense (ITF) y testimonios de psicólogas que trataron a la joven fueron determinantes para desarticular la estrategia de la defensa. Las especialistas relataron que la menor no fue consciente de la dimensión del abuso de forma inmediata, sino que el proceso de angustia, trastornos de alimentación y ansiedad comenzó a manifestarse a medida que comprendía el vínculo abusivo en el que estaba atrapada.
La sentencia final subraya que la baja autoestima de la víctima y la dependencia emocional generada por el condenado anularon cualquier posibilidad de consentimiento real, dejando firme una de las penas más severas para este tipo de delitos informáticos en el interior del país.
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