El audio que durante casi cuatro años fue una de las piezas más comprometedoras del caso Charles Carrera no podrá ser reproducido en el juicio contra el exsenador frenteamplista. El Tribunal de Apelaciones Penal de 2do Turno revocó por mayoría la decisión de la jueza Diovanet Olivera, que había admitido la grabación durante la audiencia de control de acusación.
La resolución representa un revés para la Fiscalía, que pretendía utilizar la grabación para acreditar que Carrera conocía y había intervenido personalmente en la internación de Víctor Hernández en el Hospital Policial y en la entrega mensual de tickets de alimentación a su familia.
Víctor Hernández es el civil que quedó parapléjico después de recibir un disparo en La Paloma en noviembre de 2012, mientras se desarrollaba una fiesta en la casa de un policía en frente de su vivienda. Hernández fue internado durante más de tres años en el Hospital Policial y recibió tickets de alimentación pese a no ser funcionario policial ni familiar de uno. Esas prestaciones son las que están en el centro de la acusación contra Carrera.
La defensa del exjerarca había solicitado la exclusión del audio, alegando que la conversación fue grabada clandestinamente y que su incorporación vulneraba los derechos del acusado a la intimidad, la privacidad y el secreto de las comunicaciones. También cuestionó la fiabilidad del archivo.
Como otro elemento, señaló que el propio Ministerio del Interior se había opuesto a la incorporación de ese audio en el juicio civil iniciado por la familia Hernández en 2016, alegando entonces dudas sobre su autoría, certeza y fecha.
La mayoría del Tribunal, representada por los ministros Ricardo Míguez y Beatriz Larrieu, acogió gran parte de esos argumentos. Por su parte, Daniel Tapié votó en discordia y sostuvo que la prueba debía incorporarse al juicio.
La jueza de Crimen Organizado había admitido el audio el 21 de julio, luego de una extensa discusión entre las partes. Los abogados de Carrera, Juan Manuel González Rossi y Lucía Fernández, apelaron.
El fallo de segunda instancia, al que accedió El País, excluyó tanto el pendrive que contenía el registro como el informe de Policía Científica que documentaba la extracción del archivo desde el Sistema de Gestión de Seguridad Pública.
La conversación fue grabada con un celular por Daniel Hernández, hermano de Víctor, durante una reunión realizada en el despacho que Carrera ocupaba en el Ministerio del Interior. En el encuentro también participaron la madre Hernández, el asesor letrado Eduardo Florio y la entonces directora de Asuntos Internos, Estela González.
Daniel Hernández grabó la conversación sin conocimiento ni autorización de Carrera ni del resto de los participantes. El registro completo tiene una duración superior a una hora y fue difundido parcialmente por Canal 4 (en el programa Santo y Seña) en agosto de 2022.
En distintos fragmentos se escuchaba a Carrera reconocer la asistencia que recibía la familia. Según Fiscalía, en este audio el propio imputado reconocía que la situación “no es acorde a derecho”. También pedía reserva sobre la internación de los hermanos Hernández y manifestaba que su intención era que no hablaran del Hospital Policial.
Según el archivo al que accedió El País en 2023, a raíz de un audio divulgado por el programa Santo y Seña, la conversación comenzaba con Carrera preguntándole a la madre y al hermano de Hernández, "cómo va el juicio" y si seguían con los mismos abogados. "Tenés que tener un abogado privado", le sugirió a la madre. "¿Con qué lo pago?", le preguntó la mujer. "Con los tickets no lo podemos pagar", ironizó el hermano de Hernández.
"Tienen que tratar de conseguir un abogado particular", insistió Carrera, que les aclaró que "no les va a cobrar de entrada". "Inicien un juicio civil, hagan la demanda", los exhortó" y pidió que "no pierdan el tiempo".
Carrera se molestó varias veces por la actitud del hermano de Hernández, sus reclamos y su molestia por el cierre del juicio penal que se estaba llevando a cabo en Rocha. También se molestó con las declaraciones que la familia estaba haciendo en medios de prensa.
"Esto se está transformando en una cuestión política", reflexionó en un momento Daniel Hernández, que llegó a calificar la ayuda recibida como "asistencialismo" y la internación en el Policial como "un poco de humo" para "tenerlo escondido" a su hermano. "Si estás nervioso, te mando a cagar y no me jodas más", le dijo Carrera. "Ubicate y tratá de hablar bajito y clarito", continuó. También lo calificó de "desubicado" y "desagradecido".
El entonces jerarca le aclaró que los estaba ayudando porque no le "gustan las injusticias", pero que no tenía obligación de hacerlo. "Si no tuviéramos interés los hubiéramos echado a la calle cuando salieron del Clínicas", les dijo.
La Fiscalía de Delitos Económicos y Complejos encabezada por Sandra Fleitas sostuvo que el registro era relevante porque Carrera reconocía la internación de Víctor Hernández, el apoyo económico mensual y su conocimiento de que la asistencia no se ajustaba a derecho.
Aunque la grabación fue presentada públicamente desde 2022 como realizada en 2013, el Tribunal advirtió ahora que ni la acusación fiscal ni la discusión desarrollada en audiencia permitieron determinar su fecha exacta.
Por qué rechazaron el audio
La mayoría del Tribunal dio dos fundamentos para dejar el audio fuera del juicio. El primero fue que se trató de una prueba obtenida ilícitamente. Los ministros Míguez y Larrieu entendieron que, aunque la reunión ocurrió en una dependencia pública, fue un encuentro cerrado, con cinco participantes, alcanzado "por la reserva de las comunicaciones".
Según el fallo, Carrera fue grabado sin saberlo y se vulneraron derechos vinculados con su intimidad, privacidad y personalidad. La mayoría señaló que el contenido podría afectar su derecho a no autoincriminarse.
Los ministros tampoco aceptaron el argumento de la Fiscalía de que Daniel Hernández debía ser considerado una víctima secundaria. Entendieron que no fue la persona que sufrió las lesiones por el disparo y que era ajeno al actual proceso penal. También consideraron que no se explicaron suficientemente las "razones de seguridad" por las que decidió grabar.
El segundo fundamento estuvo relacionado con la fiabilidad del archivo. Policía Científica había extraído del sistema policial un archivo de audio y documentado sus características técnicas. Sin embargo, para el Tribunal ese informe solo permitía reconstruir el recorrido del audio desde que ingresó al sistema, pero no lo sucedido entre la grabación original y su incorporación.
La sentencia señala que no se presentó una pericia sobre el archivo original ni información técnica que permitiera establecer con certeza cuándo fue creado, qué dispositivo se utilizó o si sufrió modificaciones.
También reconstruyó el recorrido de la grabación antes de llegar a la causa actual. La familia Hernández ofreció el audio en la demanda civil iniciada contra el Ministerio del Interior en 2016. En ese proceso, la propia cartera se opuso a su incorporación porque cuestionó su autoría, certeza y fecha. La prueba finalmente no fue admitida por razones formales.
Años después, la cartera presentó una copia del mismo audio al ampliar la denuncia penal contra Carrera. El registro fue incorporado al sistema policial y posteriormente extraído por Policía Científica a pedido de la Fiscalía.
La circulación de diferentes copias y la imposibilidad de reconstruir el tramo anterior a su ingreso al sistema fueron determinantes para la mayoría del Tribunal.
A diferencia de los otros dos ministros, Tapié entendió que el audio debía admitirse porque fue grabado por uno de los participantes de la conversación y no por un tercero que interceptó una comunicación ajena.
El ministro señaló que el encuentro tuvo lugar en el Ministerio del Interior y registró la actuación de un funcionario público en ejercicio de su cargo. También consideró que Daniel Hernández se encontraba en una situación de vulnerabilidad y podía haber decidido grabar por precaución.
A su juicio, las dudas sobre la fecha, el origen y la cadena de custodia debían discutirse durante el juicio. Hernández podría explicar allí cómo realizó la grabación y ser contrainterrogado por los abogados de Carrera.
Tapié también sostuvo que los problemas en la cadena de custodia inciden en la valoración de la prueba, pero no necesariamente determinan su exclusión antes del juicio.
Qué cambia para la Fiscalía
La resolución impide que la Fiscalía reproduzca ante el juez de juicio una conversación en la que se escuchaba directamente a Carrera referirse a los principales hechos de la acusación.
Por otra parte, el Tribunal confirmó por unanimidad la admisión de un informe sobre los medicamentos suministrados a Hernández durante su internación y su costo. Para la acusación, ese documento es relevante porque contribuye a determinar el perjuicio económico que habría sufrido la administración.
La sentencia tampoco excluye expresamente la declaración de Daniel Hernández como testigo. La resolución rechaza el pendrive y el informe técnico, pero el testigo podrá contar durante el juicio lo que escuchó y vivió personalmente en aquella reunión.
Carrera está acusado de un delito de fraude y un delito de utilización indebida de información privilegiada. Fiscalía solicitó una condena de cuatro años de penitenciaría, tres años de inhabilitación para ejercer cargos públicos y una multa de 1.000 Unidades Reajustables.
Este martes finalizó el control de acusación, la instancia en la que se definió qué prueba ingresará al juicio. En esta última audiencia fueron ingresados algunos testigos de la defensa y se aceptó parte de expedientes tramitados en Rocha.