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INVESTIGACIÓN

AEBU se defiende y niega apartamiento de procedimientos en denuncia de abuso sexual en jardín de infantes

El sindicato da una versión que se contradice con lo denunciado por la familia de la niña presuntamente abusada por un funcionario del centro educativo.

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AEBU.

La Asociación de Bancarios del Uruguay (AEBU) emitió un comunicado este martes en el que manifiesta “profunda preocupación y dolor” por el caso en el que la familia de una alumna del Jardín de infantes de AEBU denuncia que la menor fue abusada sexualmente por un trabajador de la institución.

En el texto, el sindicato señala que la actuación del Jardín y de la dirección del gremio se centró en la atención de la niña y la familia, en generar un diálogo fluido con ellos y asesorarlos técnicamente, además de informar a las autoridades correspondientes “y en actuar de acuerdo con el procedimiento aplicable a estas situaciones”.

Esta versión se contradice con la dada por la propia familia. En la denuncia presentada ante el Juzgado de Familia de 17 Turno se señaló que, durante una reunión con dos autoridades del centro educativo, se “minimizó” el episodio y se “respaldó” al trabajador señalado.

“Luego de un intercambio sobre cuánto y lo que relató la niña, ambas (jerarcas) respondieron minimizando los hechos, respaldando la conducta del funcionario, aclarando que él no cambia pañales, que es de su confianza y que, además, nunca se queda solo con los niños”, sostiene el escrito.

En el escrito también se remarca que AEBU incumplió con las formalidades del protocolo dispuesto por la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP) sobre casos de presuntos abusos sexuales contra niñas, niños y adolescentes.

“(La directora del centro) no cumplió con las formalidades y plazos del Mapa de Ruta. No confeccionó actas por escrito, no convocó (a) audiencia a los denunciantes, no brindó traslado de los dichos del denunciado si es que se hubiere formalizado audiencia con este, no confeccionó denuncia alguna ante organismo público y no comunicó a la autoridad inmediata como ordena ANEP”, dice el documento.

Según el relato del sindicato, luego de que se recibió la denuncia se tomaron de “forma inmediata” las medidas preventivas, suspendiendo al trabajador, como las que buscan esclarecer el hecho: “Realizar una exhaustiva indagatoria interna, contratación de una profesional con formación especializada y comunicación a la Inspección de Primaria, quien avaló lo actuado”.

En un primer fallo, la Justicia de Familia de 7° Turno resolvió prohibir el acercamiento del hombre denunciado con la niña en un radio hasta que la Fiscalía comenzara a investigar.

De todos modos, desde el sindicato se señala que estas medidas judiciales “no suponen que los presuntos hechos hayan sido investigados y probados en el ámbito judicial”.

El sindicato también apunta que no se propuso ni sugirió que no se realizara la denuncia penal por parte de la familia, así como “tampoco se promovió ningún tipo de ocultamiento ni se realizó ofrecimiento ilícito alguno”.

“Es voluntad y deseo de nuestra organización que se llegue a establecer con claridad los hechos y las responsabilidades correspondientes, para la cual hemos actuado y aportaremos y contribuiremos con toda la información y elementos que disponemos”, finaliza.

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