La "incongruencia" que advierten en el proyecto de ley para reestructurar deudas de personas de bajos ingresos

Avanza la iniciativa en el Parlamento, con opiniones de diversos interlocutores válidos que han sido citados. El País consultó a KPMG su visión sobre este asunto que es preocupación nacional.

Foto: EFE
Parlamento.
Martin Cerchiari/EFE

El Parlamento analiza un proyecto de ley de reestructuración de deudas para personas de bajos recursos, actualmente en la Comisión de Hacienda de Diputados.

Éste fue presentado por un grupo de representantes de la Cámara de Diputados y recoge propuestas de distintos sectores políticos, con la autoría de Joaquín Garlo, representante por Maldonado.

El proyecto modifica tres asuntos principales: en primer lugar, baja el límite de interés que se considera usura de 55% a 35% por encima de las tasas medias del Banco Central (BCU) y el tope de recargos por mora de 80% a 60%. En segundo lugar, cambia qué gastos se cuentan para calcular si un crédito supera ese límite (lo que puede afectar cómo bancos y financieras armaron sus productos). Y tercero, crea un mecanismo para que estas personas de bajos recursos puedan reordenar sus deudas con una etapa administrativa y, si no alcanza, una etapa judicial.

A esto se suma un cuarto punto que está tomando forma últimamente: en el acuerdo de la Rendición de Cuentas, el gobierno se comprometió con Cabildo Abierto a que el proyecto de ley incorpore las deudas que estas personas tienen con entes públicos (UTE, Antel, OSE, etcétera).

El País conversó con Giovanna Lorenzi, socia del departamento legal de KPMG Uruguay, quien destacó que hace años que se viene hablando del gran sobreendeudamiento con admininistradoras de créditos y financieras (sin garantía real; por ejemplo, a sola firma) y que ahora se está avanzando.

Reparó en qué se entiende por “personas de bajos recursos” según el proyecto de ley: a deudores que no tienen inmueble o sí cuentan con uno pero destinado a vivienda y cuyo valor no supera las 700.000 Unidades Indexadas (unos US$ 115.000); que no tengan bienes muebles (maquinaria, acciones, ahorros, vehículos, etcétera) superiores a US$ 12.000; y cuyos ingresos líquidos no superen los $ 80.000 mensuales.

Al respecto, Lorenzi, notó una “incongruencia” sobre esa definición de “personas de bajos recursos”, considerando que el salario mínimo nacional está en los $ 25.383 nominales.

“Está muy bajo el salario mínimo, o muy alto el tope que marca el proyecto de ley”, opinó. La abogada agregó que el proyecto de ley modificará las reglas de juego con la rebaja de intereses del 55% (usura) al 35%, a la que considera “sustantiva” y protectora del deudor financiero. En la misma línea va la disminución del tope de recargos por mora de 80% a 60%, de aprobarse.

El objetivo del proyecto de ley es, precisamente, acortar la constante capitalización de intereses, lo que hace a ciertas deudas impagables.

Giovanna Lorenzi, socia del departamento Legal de KPMG Uruguay.jpg
Giovanna Lorenzi, socia del departamento Legal de KPMG Uruguay.

Sobre la modificación de los cálculos de los productos financieros, Lorenzi señaló que actualmente la ley permite que algunos costos asociados al crédito no se tengan en cuenta al calcular si una tasa supera los límites legales de usura. “El proyecto elimina varias exclusiones, por lo que esos conceptos pasarían a formar parte del cálculo financiero”, dijo en relación a algunos gastos administrativos de otorgamiento y administración del crédito, gastos de cobranza extrajudicial y primas de seguros provistos por aseguradoras registradas ante el BCU, dentro de ciertos límites.

“Incorporar esos conceptos en los cálculos favorece al deudor”, aclaró.

Respecto al artículo que crea un mecanismo para que estas personas puedan reordenar sus deudas por vía administrativa y, llegado el caso por vía judicial, ésto podrá hacerse con negociaciones de quitas (reducción del monto deudor) y con esperas (concesión de más plazo para pagar), con los acreedores. “No se plantea que la negociación del deudor con el acreedor sea directa, sino a través de la Unidad de Defensa del Consumidor. La persona tiene que identificarse allí y decir quién es su acreedor, y ahí se dispara el mecanismo que intima al acreedor, quien deberá aportar el monto, el detalle de los cálculos y otros datos”, explicó la socia de KPMG.

Tarifas de servicios públicos. Foto: Fernando Ponzetto
Pago de cuentas en ventanilla de local de cobros, facturas de Antel y Ose, recibos, ND 20151023, foto Fernando Ponzetto - Archivo El Pais
FERNANDO PONZETTO/ARCHIVO EL PAIS

Además, señaló que, en caso de que el acreedor no presente la información solicitada, la multa prevista va de 50 a 500 Unidades Reajustables (de $ 96.172 a $ 961.720), dependiendo del caso.

El proceso está diseñado de manera tal de que las partes lleguen a un acuerdo; de ser así y el deudor incumple, se procederá a la ejecución. En tanto, si no hay acuerdo, el deudor puede recurrir al Juzgado Letrado o de Paz para que intervenga judicialmente, presentando una propuesta de pago o quita, evaluada por una audiencia.

Las reacciones

Varios interlocutores fueron citados al Parlamento para dar su opinión, como el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), la Unidad de Defensa del Consumidor, la Asociación de Bancos Privados y la Asociación Uruguaya de Empresas Aseguradoras.

Según Lorenzi, algunos manifestaron preocupación sobre cómo esta ley, de aprobarse, impactará en los negocios, o si afectará la disponibilidad del crédito. En ese sentido, la abogada proyectó que las financieras seguramente rediseñarán sus productos y las formas de comercializar el crédito.

Observó que el MEF comparte el diagnóstico del proyecto de ley (hay sobreendeudamiento que se podría evitar), pero planteó que se debería revisar el diseño de los topes de usura, no comparte que las medidas sean homogéneas sino que se debería segmentar por riesgos, y tampoco está de acuerdo con la reestructura de riesgo forzosa a nivel judicial.

¿Encontraste un error?

Reportar

Te puede interesar