La Dirección General Impositiva (DGI) confirmó fechas fundamentales para tener en cuenta antes del inicio de la campaña del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) 2026, que corresponde al ejercicio de 2025.
Los contribuyentes que estén obligados a presentar una declaración jurada por IRPF 2026 tendrán un plazo definido para cumplir con esta obligación fiscal.
DGI confirmó fechas clave para la campaña de IRPF 2026
DGI confirmó que, la campaña de asistencia personalizada IRPF para los contribuyentes comenzará el 29 de junio y terminará el 31 de agosto de 2026.
La entidad brinda asistencia de manera presencial o telefónica para las personas que lo necesiten, garantizando el cumplimiento de esta obligación fiscal. Mientras algunos uruguayos tendrán que realizar pagos a la DGI por IRPF, otros pueden recibir devoluciones con origen en declaración jurada.
El 31 de agosto también marca el vencimiento del plazo para presentar una declaración jurada, indicó DGI en su página web oficial.
El organismo tributario también detalló que los contribuyentes del IRPF podrán realizar el pago del saldo del ejercicio correspondiente al 31 de diciembre de 2025 en cinco cuotas iguales. Estas son las fechas de vencimiento para cada cuota, según la resolución DGI N° 2284/025:
- Cuota 1: 31 de agosto
- Cuota 2: 30 de setiembre
- Cuota 3: 30 de octubre
- Cuota 4: 30 de noviembre
- Cuota 5: 30 de diciembre
Los pagos se podrán efectuar electrónicamente vía internet o a través de redes de cobranza habilitadas.
Franjas impositivas de IRPF en 2026
La franja mínima de aportes del IRPF es de $ 48.048. Por debajo de ese monto en ingreso mensual (que equivale a hasta 7 BPC), no se deberá pagar el tributo. Así quedaron las franjas de aportes IRPF para quienes sí deben pagar este impuesto:
- En la franja de 7 a 10 BPC, para ingresos de entre $ 48.049 a $ 68.640, la tasa es 10%
- Más de 10 a 15 BPC (ingresos de entre $ 68.641 a $ 102.960), la tasa de 15%
- Más de 15 a 30 BPC (ingresos de entre $ 102.961 a $ 205.920), la tasa es 24%
- Más de 30 a 50 BPC (ingresos $ 209.921 a $ 343.200), la tasa es 25%
- Más de 50 a 75 BPC (ingresos de $ 343.201 a $ 514.800), la tasa es 27%
- Más de 75 a 115 BPC (ingresos de $ 514.801 a $ 789.360), la tasa es 31%
- Más de 115 BPC (ingresos de $ 789.361 en adelante), la tasa es del 36%