BPS otorga subsidio a grupo de personas que no pueden acceder a una jubilación: monto máximo a cobrar en 2026

Esta prestación económica del Banco de Previsión Social contempla a un grupo de personas que se quedaron sin empleo por causas ajenas a su voluntad y no cumplen los requisitos jubilatorios.

Cartel del Banco de Previsión Social (BPS) en la fachada de su sede en Montevideo.
Cartel del Banco de Previsión Social (BPS) en la fachada de su sede en Montevideo.
Foto: Leonardo Mainé/El País.

El subsidio especial de inactividad compensada (SEIC) es una prestación económica que otorga el Banco de Previsión Social (BPS) para personas que se hayan quedado sin empleo y cumplan con los requisitos específicos. En su página web, el organismo estatal detalla cuáles son los montos actualizados que se pueden percibir en 2026.

Este beneficio económico está dirigido para quienes se queden sin empleo por causas "ajenas a su voluntad" y no puedan acceder a la jubilación por falta de edad o servicios. Los beneficiarios pueden cobrar esta prestación a término por hasta dos años o hasta que el beneficiario pueda configurar una causal de jubilación o retiro, en caso de que esto ocurra antes del plazo mencionado anteriormente. Una vez que se reúnan los requisitos, BPS afirma que la jubilación será otorgada automáticamente.

¿Qué requisitos se deben cumplir para recibir esta prestación?

BPS detalla en su página web que solo pueden reclamar este subsidio especial las personas que reúnan los siguientes requisitos:

  1. Haber registrado al menos 28 años o más en BPS y la edad requerida según el año de nacimiento.
  2. Haber permanecido en el país en situación de desocupación por causas ajenas a su voluntad por un período igual o mayor a un año desde el cese. Las razones por las que la persona está desocupada no pueden obedecer a razones disciplinarias, detalla BPS.
  3. No tener derecho a otras prestaciones ni ingresos de ningún tipo, excepto pensiones de sobrevivencia.
Banco de Prevision Social (BPS).
Banco de Prevision Social (BPS).
Foto: Estefanía Leal/Archivo El País.

Para aquellos que cumplan con el requisito de haber registrado por lo menos 28 años de trabajo en BPS, dependiendo su año de nacimiento, las edades requeridas son las siguientes:

  • Nacidos hasta 1972: 58 años de edad (edad exigida para configurar la causal de jubilación anticipada por el desempeño de puestos de trabajo particularmente exigentes)
  • Nacidos en 1973: 59 años de edad
  • Nacidos en 1974: 60 años de edad
  • Nacidos en 1975: 61 años de edad
  • Nacidos en 1976: 62 años de edad
  • Nacidos en 1977 en adelante: 63 años de edad

Montos a percibir por este beneficio de BPS en 2026

En tanto, el monto a percibir por este subsidio especial equivaldrá al 40 % del promedio mensual de las remuneraciones nominales percibidas en los seis meses de trabajo previos al cese. No podrá ser inferior a 1 BPC ($ 6.864 a valores de mayo 2026) ni superior a 8 BPC ($ 54.912), valor a la fecha de inicio de la prestación.

Billetes de pesos uruguayos.
Pago de prestación en pesos uruguayos.
Foto: Archivo El País.

"En caso de percibir, además, pensión por sobrevivencia, el monto a percibir será la diferencia entre ambas prestaciones. Cuando la pensión supere el monto del subsidio, no se pagará la prestación, pero se considerará el período para configurar causal jubilatoria", indica la página web de BPS.

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