El gobernador de la Florida, Ron DeSantis, firmó este 15 de mayo de 2025 una nueva ley diseñada para modificar varios aspectos cruciales para los consumidores del estado del sur de Estados Unidos. La legislación denominada SB 700 entrará en vigencia el 1° de julio y además atiende temas como el uso del suelo para la agricultura, el control de mosquitos o la ampliación de estaciones de carga para autos eléctricos.
Qué cambiará la ley SB 700 firmada por Ron DeSantis
Uno de los puntos más relevantes de la nueva regla es la derogación de la Ley de Precios Unitarios al Consumidor, que desde hace años brindaba una herramienta básica de comparación al momento de hacer compras. Esta normativa exigía que los comercios exhibieran el precio de productos de consumo por unidad de medida, como por galón, libra o milla cuadrada, lo que facilitaba la toma de decisiones informadas.
Con la entrada en vigor de la nueva ley, esta obligación desaparecerá. Los negocios ya no tendrán que mostrar los precios por unidad, lo cual puede entorpecer la capacidad de los consumidores para evaluar qué producto resulta más conveniente en términos económicos.

Según lo estipulado en el texto de la ley, esta eliminación “revoca el requisito de transparencia” que había sido diseñado para proteger a los compradores, tal como lo informó el portal del Senado de Florida.
Qué hacía la revocada ley de Precios Unitarios al Consumidor en la Florida
La ley conocida como The Consumer Unit Pricing Act, identificada como el estatuto 501.135 de Florida, había sido creada para fomentar la transparencia en los precios de productos de consumo, con especial énfasis en los costos por unidad.
La ley, según el texto de la norma, ordenaba cumplir con seis propósitos principales:
- Proteger los intereses del consumidor y fomentar una competencia útil en la venta de bienes.
- Promover el desarrollo de un sistema de precios por unidad para facilitar las decisiones de compra.
- Prohibir el uso de precios por unidad que pudieran inducir a error.
- Estimular la competencia mediante unidades uniformes de medida.
- Impulsar programas educativos dirigidos a consumidores, especialmente aquellos en situación de vulnerabilidad.
- Establecer un programa estatal aprobado de precios por unidad.

Además, la norma brindaba dediciones clave sobre los actores involucrados en el proceso de ventas:
- “Vendedor”: cualquier persona que sacara al mercado un bien de consumo al por menor.
- “Bien de consumo”: todo producto habitual de venta al por menor, con excepciones como electrodomésticos, ropa, textiles, artículos duraderos y medicamentos recetados.
- “Precio por unidad”: el valor expresado por un producto aprobado de medida.
Por otro lado, establecía que el Departamento de Agricultura y Servicios al Consumidor de Florida era el organismo que tenía la responsabilidad de implementar y hacer cumplir la ley.
Los vendedores que adoptaban el sistema debían mostrar, de forma clara y visible, tanto el precio total del producto como el precio por unidad, en un lugar cercano al artículo. Sin embargo, se prohibía que esta información ocultara datos exigidos por otras normas.
Las penalidades por vender o exhibir productos en violación de esta ley constituía un delito menor de segundo grado, con penas previstas en las secciones 775.082 o 775.083 del Código Penal de Florida. El Departamento podía presentar demandas en cortes de circuito para hacer cumplir la ley a través de medidas cautelares.
La Nación/GDA
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