Cuánto se paga por trabajar el 1º de mayo: qué dice la legislación sobre el feriado del Día de los Trabajadores

Este jueves 1 de mayo de 2025 se celebra el Día de los Trabajadores, un asueto que en Uruguay no se corre de fecha y no es laborable. Una ley específica marca cuánto ganan quienes sí trabajen ese día.

Compartir esta noticia
Día de feriado en Montevideo.
Día de feriado en Montevideo.
Foto: Francisco Flores/Archivo El País.

Redacción El País
Este jueves 1 de mayo de 2025 será un feriado no laborable para todos los trabajadores uruguayos. Se trata del Día de los Trabajadores, un asueto que significa un día de descanso para gran parte del Uruguay, debido al cierre de las oficinas públicas y varios comercios. Sin embargo, para quienes sí tienen actividad laboral, hay una legislación que establece cuánto se cobra por trabajar el primero de mayo.

En Uruguay, este feriado no se corre de fecha. Como este año cae un jueves, servirá como una jornada de descanso dentro de la semana para quienes no deban trabajar.

Entre todos los feriados que hay en el calendario 2025 en Uruguay, algunas conmemoraciones cambian de fecha y otras se mantienen en el día de la efemérides. Esto es según lo determinado por la ley 16.805, en su redacción dada por la ley 17.414, que explica que los feriados de Carnaval, Semana Santa y los correspondientes al 1º y 6 de enero, 1º de mayo, 19 de junio, 18 de julio, 25 de agosto, 2 de noviembre y 25 de diciembre se deben conmemorar el día en el que caen y no se pueden cambiar.

Cuánto se paga por trabajar el 1 de mayo

Con respecto a la remuneración para este feriado, según indica el artículo 18 de la Ley 12.590 del 23 de diciembre de 1958, "los días 1º de enero, 1º de mayo, 18 de julio, 25 de agosto y 25 de diciembre de cada año, todo trabajador percibirá remuneración como si trabajara; en caso de trabajar, recibirá doble paga".

En este sentido, tal como explica el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) en su sitio web, si un trabajador mensual trabaja, deberá cobrar el mes completo, más un día. Este día extra se calcula dividiendo el sueldo entre 30.

En cuanto a las horas extra, estas se remunerarán con un recargo del 150% del valor hora correspondiente a los días laborales, según el decreto N° 550/989.

Por otro lado, si el trabajador es jornalero y trabaja, recibirá un doble jornal. Esto mismo aplica para los jornales de los trabajadores rurales, según el decreto N° 216/012.

Acto del Pit-Cnt por Día de los Trabajadores. Foto: Francisco Flores.
Acto por Día de los Trabajadores.
Francisco Flores/Archivo El Pais

La historia detrás del Día de los Trabajadores

La fecha refiere a los llamados "Mártires de Chicago", trabajadores estadounidenses que desde el 1° de mayo de 1886 llevaron a cabo paralizaciones en miles de fábricas en busca de mejoras en las condiciones laborales y perdieron su vida en las manifestaciones.

Como recordatorio de este suceso, el 1° de mayo se dedica a reivindicar los derechos laborales y se celebran eventos a nivel mundial con ese objetivo. En nuestro país, el Pit-Cnt suele realizar un acto en la plaza que lleva de nombre de este día, frente al Palacio Legislativo.

¿Encontraste un error?

Reportar

Temas relacionados

feriados

Te puede interesar